REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SEXTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE ESTADO VARGAS

SOLICITUD: WP12-S-2017-001122
SOLICITANTE: LUCIA NAILE LOZANO PACHECO.
ABOGADO ASISTENTE: GLADYS J. GUTIERREZ PERAZA, IPSA N° 109.480
MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS

Vista la solicitud presentada por la ciudadana LUCIA NAILE LOZANO PACHECO , asistida de abogada mediante la cual solicito se le declare, Únicos y Universales Herederos, respecto a los de-cujus JOSE JAVIER LOZANO PACHECO, ex titular de la cédula de identidad número V-1.448.035, fallecido en fecha 05/03/2016, según Acta de Defunción N° 31, de fecha 24/02/2016, la cual corre inserta en los libros que reposan en los archivos en la Unidad de Registro Civil de la Parroquia Carayaca, Municipio Vargas del estado Vargas. Asimismo la de-cujus EUGENIA PACHECO DE lOZANO, ex titular de la cédula de identidad número V-6.37.514, fallecida en fecha 07/03/2016, según Acta de Defunción N° 045, de fecha 07/03/2016, la cual corre inserta en los libros que reposan en los archivos en la Unidad de Registro Civil de la Parroquia Catia la Mar, Municipio Vargas del estado Vargas Asimismo, evacuadas las documentales y las testimoniales promovidas el Tribunal las aprecia en todo su valor probatorio, siendo en consecuencia procedente reconocer el derecho de la solicitante, por lo que nada obsta para que éste Tribunal declare ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos LUCIA NAILE ÑOZANO PACHECO Y JOSE JAVIER LOZANO PACHECO, mayores de edad, venezolanos, titulares de las cedulas de identidad números V-11.060.084 y V- 10.579.527, en su orden, con respecto a los de-cujus JOSE LOZANO y EUGENIA PACHECO DE lOZANO, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros. Expídanse las copias que solicite la parte solicitante.-
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el copiador de sentencias llevado por este Tribunal.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito del estado Vargas, en Maiquetía, a los veintisiete (27) días del mes de septiembre del año dos mil diecisiete (2017).-AÑOS. 207° de la Independencia y 158º de la Federación.-
EL JUEZ,

ABG. CESAR FARIA
LA SECRETARIA,

Abg. EDITE ALMEIDA
En la misma fecha siendo las (10:35 AM), se publicó y registro la anterior sentencia.-
LA SECRETARIA,

Abg. EDITE ALMEIDA