REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Junín y Rafael Urdaneta de la Circunscripción Judicial del estado Táchira
Rubio, 30 de abril de 2017
207° y 158°
EXPEDIENTE N° 641-18
MOTIVO: RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA
DEMANDANTE: GUILLERMO MENDOZA Y YAMARY RONDON LEAL, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nº V.- 9.468.951 y V.- 21.542.344, en su orden, asistidos por el ABG. KELLY JACKSON QUIÑONEZ VIVAS, inscrito en el I.P.S.A bajo el N° 236.995.
DEMANDADOS: JUAN DE DIOS CAÑAS, OSCAR ORLANDO MARTINEZ MENDOZA, SILDA ANITA GRANADOS PEÑA, JOSE ALBERTO RODRIGUEZ GARCIA, CARMEN CECILIA TORRES ACEVEDO, ARMANDO BAUTISTA y ROGELIO MENDOZA, venezolanos, mayores de edad, identificados con la cédula N° V.- 3.193.578, V.- 5.738.190, V.- 3.008.164, V.- 4.446.560, V.- 1.539.616, V.- 5.282.932 y V.- 5.740.852, en su orden.
Por escrito de fecha 04 de abril del 2018, presentado por los ciudadanos GUILLERMO MENDOZA Y YAMARY RONDON LEAL, antes identificados, en su carácter de Miembros Activos y Voceros del Consejo Comunal Mi Refugio-El Amparo, debidamente registrados por ante la Oficina de Registro y Promoción del Poder Popular del Ministerio del Poder Popular para las Comunas y Movimientos Sociales, en fecha 28 de Mayo del año 2015, asistidos del ABG. KELLY JACKSON QUIÑONEZ VIVAS, inscrito en el I.P.S.A bajo el N° 236.995, demando el reconocimiento de contenido y firma del Acta de Asamblea Extraordinaria, suscrita entre los ciudadanos JUAN DE DIOS CAÑAS, OSCAR ORLANDO MARTINEZ MENDOZA, SILDA ANITA GRANADOS PEÑA, JOSE ALBERTO RODRIGUEZ GARCIA, CARMEN CECILIA TORRES ACEVEDO, ARMANDO BAUTISTA y ROGELIO MENDOZA, antes identificados Anexó al libelo de demanda: documento objeto de la presente demanda, copia de la cedula de identidad de los solicitante, copia de la cedula de identidad de los demandados, credencial de proclamación al cargo de alcalde de la fecha, así como copia certificada de registro de acta extraordinaria del Consejo Comunal. (f. 05 al 34).
En fecha 10 de abril del 2018, éste Tribunal admitió la demanda y se acordó citar a las partes demandadas. (f. 35).
En fecha 17 de abril del 2018, comparece por ante el recinto del Tribunal el ciudadano OSCAR MARTINEZ, venezolano, mayor de edad, identificado con la cédula N° V- 5.738.190, e inscrito en el I.P.S.A bajo el N° 59.628, consigna copia simple acta de asamblea N° 5, y de solicitud de donación de propiedad por parte del Consejo Comunal Mi Refugio-El Amparo. (f. 36 al 54).
En fecha 23 de abril del 2018, comparece por ante el recinto del Tribunal el ciudadano JUAN DE DIOS CAÑAS, venezolano, mayor de edad, identificado con la cédula N° V.- 3.193.578 e inscrito en el I.P.S.A bajo el N° 23.234, actuando en su propio nombre, y expone: estando en la oportunidad legal para dar contestación a la demanda procedo a contestarla en los Siguientes Términos: de Conformidad con el Articulo 216 del Código de Procedimiento civil ME DOY POR CITADO y conforme a lo establecido en el Articulo 363 del Código de Procedimiento Civil solicito a este Tribunal de proceda como cosa juzgada, para lo cual convengo en Toda y cada una de las partes de la presente demanda por Reconocimiento de Contenido y Firma; reconozco en Todas y cada una de sus partes, tanto el Contenido y la Firma del documento Fundamental de la presente demanda y Solicito que esta demanda se decida con las pruebas aportadas y contenidas en los Autos del expediente. Finalmente Solicito se homologue y se archive el presente expediente (f. 55).
En fecha 23 de abril del 2018, comparece por ante el recinto del Tribunal el ciudadano OSCAR ORLANDO MARTINEZ MENDOZA, venezolano, mayor de edad, identificado con la cédula N° V.- 5.738.190 e inscrito en el I.P.S.A bajo el N° 59.628, actuando en su propio nombre, y expone: ME DOY POR CITADO de conformidad con lo previsto en el Articulo 216 del Código de Procedimiento Civil y tal como se establece en el Articulo 363 de la norma adjetiva solicito a este Tribunal de proceda como cosa Juzgada, en Tal sentido: (1) convengo en Todas y cada una de las partes de la presente demanda llevada en el expediente N° 641-18 sobre el Reconocimiento de Contenido Firma de Fecha 16 de Septiembre del Año 1992. (2) Reconozco en Todas y cada Una de las partes, tanto el contenido como la firma del documento fundamental de la presente demanda. (3) solicito que la presente demanda se decida con las pruebas aportadas y contenidas en los Autos del expediente. (4) Solicito se homologue y se archive el presente expediente. Finalmente Solicito se homologue y archive el presente expediente. (f. 56).
En fecha 23 de abril del 2018, comparece por ante el recinto del Tribunal la ciudadana SILDA ANITA GRANADOS PEÑA, venezolana, mayor de edad, identificada con la cédula N° V.- 3.008.164, asistida por el ABG. JAIME ARIEL, inscrito en el I.P.S.A bajo el N° 167.689, procede a contestar en los siguientes términos de conformidad con el art. 216 del código de Procedimiento civil, me doy por citado en este acto y conforme a lo establecido en el art. 363 del mismo código: 1° Convengo en Todas y cada una de las partes de la demanda. 2° Reconozco todo el contenido y la firma del documento fundamental de la presente demanda. 3° solicito se decida la presente demanda, con las pruebas aportadas en el proceso y finalmente Solicito se homologue y archive el presente expediente. (f. 57).
En fecha 23 de abril del 2018, comparece por ante el recinto del Tribunal la ciudadano ROGELIO MENDOZA, venezolano, mayor de edad, identificado con la cédula N° V.- 5.740.852, asistido por el ABG. JAIME ARIEL, inscrito en el I.P.S.A bajo el N° 167.689, procede a contestar en los siguientes Términos de conformidad con el art. 216 del código de Procedimiento civil, me doy por citado en este acto y conforme a lo establecido en el art. 363 del mismo código: 1° Convengo en Todas y cada una de las partes de la demanda., con las pruebas aportadas en el proceso y finalmente Solicito se homologue y archive el presente expediente. (f. 58).
En fecha 23 de abril del 2018, comparece por ante el recinto del Tribunal la ciudadana CARMEN CECILIA TORRES ACEVEDO, venezolana, mayor de edad, identificado con la cédula N° V.- 1.539.616, asistida del ABG. OSCAR MARTINEZ, inscrito en el I.P.S.A bajo el N° 59.628, y expone: Estando en la oportunidad legal para dar contestación a la demanda lo hago de la siguiente manera: Me doy por citada de acuerdo al Articulo 216 del código de procedimiento Civil y de acuerdo al 363 del mismo Código: convengo en Todas y cada una de las partes de la presente demanda; reconozco en Todas y cada una de sus partes tanto el contenido como la Firma del documento Fundamental; Solicito que se decida la presente causa con las pruebas aportadas en el proceso, Solicito se homologue y se archive el presente expediente. (f. 59).
En fecha 24 de abril del 2018, comparece por ante el recinto del Tribunal el ciudadano JOSE ALBERTO RODRIGUEZ GARCIA, venezolano, mayor de edad, identificado con la cédula N° V.- 4.446.560, asistido del ABG. OSCAR MARTINEZ, inscrito en el I.P.S.A bajo el N° 59.628, procede a contestar en los siguientes términos: de conformidad con el Articulo 216 del Código de Procedimiento Civil ME DOY POR CITADO y tal como lo establece el Articulo 363 de la norma adjetiva solicito a este Tribunal se proceda como cosa juzgada y en este sentido declaro: 1° Convengo en todas y cada una de las partes de la presente demanda. 2° Reconozco en todas y cada una de sus partes, tanto el contenido como la firma del documento Fundamental de la presente demanda. 3° Solicito que se decida la presente causa con las pruebas aportadas en el proceso. 4° Solicito se homologue y se archive el presente expediente. (f. 60).
En fecha 24 de abril del 2018, comparece por ante el recinto del Tribunal el ciudadano ARMANDO BAUTISTA, venezolano, mayor de edad, identificado con la cédula N° V.- 5.282.932, asistido del ABG. OSCAR MARTINEZ, inscrito en el I.P.S.A bajo el N° 59.628, procede a contestar en los siguientes términos: de conformidad con el Articulo 216 del Código de Procedimiento Civil ME DOY POR CITADO y tal como lo establece el Articulo 363 de la norma adjetiva solicito a este Tribunal se proceda como cosa juzgada y en este sentido declaro: 1° Convengo en todas y cada una de las partes de la presente demanda. 2° Reconozco en todas y cada una de sus partes, tanto el contenido como la firma del documento Fundamental de la presente demanda. 3° Solicito que se decida la presente causa con las pruebas aportadas en el proceso. 4° Solicito se homologue y se archive el presente expediente. (f. 61).
En consecuencia y por lo anteriormente expuesto, éste Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Junín y Rafael Urdaneta de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley y de conformidad con lo preceptuado en el articulo 444 del Código Civil Venezolano, DECLARA RECONOCIDO EL DOCUMENTO PRIVADO, que corre inserto al folio N° 05. Por lo que se ordena estampar la correspondiente nota de reconocimiento en el documento privado.-
Publíquese, regístrese, expídase copia certificada a la parte interesada y déjese copia para el archivo del Tribunal.-
Dada, Sellada, Firmada y Refrendada en el Despacho del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Junín y Rafael Urdaneta de la Circunscripción Judicial del estado Táchira. En Rubio, a los treinta (30) días del mes de abril del 2018. Año 207° de la Independencia y 158° de la Federación.-
ABG. DAYANA RIVAS HIDALGO
JUEZA PROVISORIA
ANYELA QUIÑONEZ
SECRETARIA (A)
En la misma fecha y previa las formalidades legales, se dictó y publicó la anterior sentencia siendo las 11:30 a.m., dejándose copia certificada para el archivo del Tribunal.
La Secretaria.-
Exp. Nº 641-18
DRH/AQ/Dxn.-
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