REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL CIRCUITO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
Maiquetía, tres (03) de Abril de dos mil dieciocho (2018).-
207º y 159º
ASUNTO: WP12-S-2018-000328
PARTE SOLICITANTE: ELISEO JOSÉ SALAZAR DÍAZ, venezolano, titular de la Cedula de Identidad N° V-4.820.829.
APODERADA JUDICIAL: ÚRSULA NAYIVE DÍAZ, IPSA N° 267.128.
MOTIVO: NOTIFICACIÓN JUDICIAL
ÚNICO
Concluido como ha sido el trámite inherente a la presente solicitud, presentada por el ciudadano ELISEO JOSÉ SALAZAR DAZ, venezolano, titular de la Cedula de Identidad N° V.- 4.820.829, asistido por la abogada URSULA NAYIVE DÍAZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 267.128, el Tribunal observa que habiendo sido evacuada oportunamente la Notificación Judicial que nos ocupa en la siguiente dirección: un Inmueble ubicado en el piso ocho (08), Oficina 8-4, en el Edificio Centro Caribe Vargas, Parroquia Maiquetía, Municipio Vargas del Estado Vargas, se ordena la entrega de sus resultas al solicitante antes identificado. Cúmplase.-
LA JUEZA,
ABG. YESIMAR GONZÁLEZ
LA SECRETARIA ACC,
ABG. NANCY USECHE
YG//NU//Eira.-
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