PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO VARGAS
Maiquetía, 16 de abril de 2018
207º Y 159º
N° DE EXPEDIENTE: WP11-L-2017-000157
PARTE ACCIONANTE: ANTONIO JOSE SALAZAR GONZALEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-9.994.761
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACCIONANTE: JUAN JOSE MACHADO ORTEGA, ANDY JAIRO RADA SOJO, IPSA Nº 201.182 Y 203.428, respectivamente.
PARTE DEMANDADA: PANADERIA Y PASTELERIA LA CASCADA, C.A.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: CARLOS DE LUCA IPSA Nº 49.476, según consta de poder especial que acredita su representación, el cual se anexa al expediente, previa certificacion del Secretario del Tribunal.
MOTIVO: COBRO DE HORAS EXTRAS
En el día hábil de hoy, 16 de abril de 2018, siendo las 10:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar el inicio de la audiencia preliminar en el presente proceso, comparecieron a la misma los ciudadanos JUAN JOSE MACHADO ORTEGA, ANDY JAIRO RADA SOJO y CARLOS DE LUCA, ya identificados. Celebrada la audiencia, las partes han llegado a un acuerdo, en los siguientes términos: PRIMERO: La parte demandada conviene en pagar EL MONTO DEMANDADO de BOLIVARES SETECIENTOS SESENTA Y DOS MIL SIN CENTIMOS (Bs.762.000,00). Dicho monto será pagado por la parte demandada a favor del demandante en fecha 18/04/2018. SEGUNDO: Ambas partes manifiestan estar satisfechas con el presente acuerdo, y reconocen y aceptan los salarios utilizados para calcular cada concepto; además declaran no tener más que reclamarse por algún otro monto o concepto derivado de la relación laboral que les unió. Finalmente, las partes intervinientes en el presente acuerdo, solicitaron a la Juez se sirva homologarlo. TERCERO: En consecuencia, este Tribunal Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del estado Vargas, visto que la mediación ha sido positiva de conformidad con lo establecido en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso y por cuanto no han sido vulnerados derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y POR AUTORIDAD DE LA LEY, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efecto de cosa juzgada. En consecuencia, visto que la mediación ha sido positiva, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO expresado por la parte demandante y el convenimiento que de ello hiciere la parte demandada. Se declara terminado del procedimiento y se ordena el cierre y archivo del presente expediente. Se deja constancia que las pruebas han sido devueltas a las partes. Es todo.-
LA JUEZ,
REBECA MARTINEZ
LAS PARTES COMPARECIENTES,
JUAN JOSE MACHADO ORTEGA
ANDY JAIRO RADA SOJO
CARLOS DE LUCA
EL SECRETARIO,
RAMON SANDOVAL
|