REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO VARGAS


ASUNTO: WP12-S-2018-000849
PARTE SOLICITANTE: KAREN DUBRASKA BRANDO ALEMAN, venezolana, de este domicilio y titular de la cédula de identidad No. V-16.556.953.
ABOGADO ASISTENTE: RAFAEL ANGEL ASCANIO FERNÁNDEZ, abogado e inscrito en el Inpreabogado bajo los Nos. 177.075.
MOTIVO: NOTIFICACIÓN JUDICIAL

Concluido como ha sido el trámite inherente a la presente solicitud de Notificación Judicial presentada por la ciudadana: KAREN DUBRASKA BRANDO ALEMAN, venezolana, de este domicilio y titular de la cédula de identidad No. V-16.556.953, asistida por el abogado RAFAEL ANGEL ASCANIO FERNÁNDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 177.075.

Dispone el artículo 932 del Código de Procedimiento Civil:
“Si se solicitare la notificación al subarrendatario o tenedor de una finca vendida en pacto de rescate, de que debe entenderse para el pago de alquileres con el comprador, bien por estar así convenido, bien por no pagar el vendedor las pensiones de arrendamiento, el Juez hará la notificación o comisionará a un inferior para que la verifique”.

En este sentido, evacuada oportunamente la Solicitud que nos ocupa en la siguiente dirección: Local Comercial, distinguido con el Nro. UNO (1), Ubicado en la Calle Ramos, entre las esquinas de Navarrete y Agustín Hernández, Parroquia Maiquetía, Municipio Vargas, Estado Vargas. Este Tribunal declara instruida la presente solicitud de NOTIFICACION JUDICIAL y acuerda entregar la misma al solicitante sin decreto alguno, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 932 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase. Maiquetía, a los seis (06) días del mes de agosto de dos mil dieciocho (2018). AÑOS. 208° de la Independencia y 159º de la Federación.-Siendo las (11:46 a.m.), se publico la presente resolución.-
LA JUEZ,


Dra. MERLY VILLARROEL.
LA SECRETARIA,


Abg. MAGLIS GONCALVES.


MV/MG/Eylen.-