REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE ESTADO VARGAS
207º y 158º

ASUNTO: WP12-S-2017-001314
SOLICITANTE: SANTIAGO FERNANDEZ GRIJALBA.
ABOGADO ASISTENTE: OSWALDO GRILLO GOMEZ, IPSA: 24.689.
MOTIVO: TÍTULO SUPLETORIO.
Concluido como ha sido el trámite inherente a la presente solicitud, presentada por el ciudadano SANTIAGO FERNANDEZ GRIJALBA, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-3.724.272, mediante la cual solicitó le fuese decretado Título Supletorio de unas bienhechurías construidas cobre un lote de terreno de su propiedad, según Documento de Compra Venta debidamente Protocolizado por ante la Oficina Subalterna del Primer Circuito de Registro del Departamento Vargas del Distrito Federal, anotado bajo el N° 30, protocolo 1, Tomo 3, dichas bienhechurías se encuentran ubicada en la Parcela “G”, manzana 14 de la Urbanización La Atlántida, Jurisdicción de la Parroquia Catia la Mar, Municipio Vargas del Estado Vargas, cuyos linderos, formas de construcción y demás determinaciones se encuentran especificadas debidamente en su petición, por lo que habiendo constancia en autos del respectivos documentos, cuyo contenido se adminicula a las declaraciones de los testigos presentados por el solicitante, quienes fueron contestes al afirmar que conocen al mismo y les consta la existencia y construcción de tales bienhechurías, nada obsta para que éste Tribunal declare TÍTULO SUPLETORIO a favor del ciudadano SANTIAGO FERNANDEZ GRIJALBA, venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad N° V.- 3.724.272, sobre las bienhechurías, constituida por un galpón, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de tercero.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión el copiador de sentencias llevado por este Tribunal.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Civil, Mercantil y del Tránsito del estado Vargas, en Maiquetía, a los dieciséis (16) días del mes de Noviembre del año dos mil diecisiete (2017). AÑOS. 207° de la Independencia y 158º de la Federación.
LA JUEZ,

ABG. MERLY VILLARROEL


LA SECRETARIA, Acc.

ABG. MAGLI GONCALVES

En la misma fecha siendo las 09:43 am, se publicó y registro la anterior sentencia.-
LA SECRETARIA, Acc.


ABG. MAGLI GONCALVES
MV//YP//Eira.-