REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
Maiquetía, veintidós (22) de febrero del año dos mil dieciocho (2018)
207º y 158º

ASUNTO: WP11-L-2017- 000007

Vistas y analizadas como han sido las actas procesales que conforman el presente expediente, este Juzgado observa que desde el día trece (13) de febrero del año dos mil dieciocho (2018), no se ha verificado ninguna actuación de las partes, para mantener el necesario impulso procesal en el presente procedimiento, en tal sentido, este Tribunal, considera que lo más ajustado a derecho es decretar la Perención de la Instancia, en virtud de lo contemplado en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, el cual establece.”… toda instancia se extingue por el transcurso de un año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes. Disposición esta aplicada por remisión analógica del artículos 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; en consecuencia, por los razonamientos antes explanados se DECLARA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, en el presente juicio por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES y otros conceptos, incoado por la Ciudadana GREIZY ISABEL OJEDA DE CAMACHO, en contra de las personas naturales MICHEL ANDRE EUGENE STAUFFER Y CARLOS ALFONSO CAPALDO MENA, igualmente se ordena el cierre y archivo del presente expediente.-
LA JUEZ,

Dra. IMPERIO SALAZAR YÉPEZ

LA SECRETARIA,


Abg. LINDA CARRERA


Partes: GREIZY ISABEL OJEDA DE CAMACHO, en contra de las personas naturales MICHEL ANDRE EUGENE STAUFFER Y CARLOS ALFONSO CAPALDO MENA.
Motivo: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES y otros conceptos laborales.