REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE ESTADO VARGAS

SOLICITUD: WP12-S-2017-000481
SOLICITANTE: GLADYS JOSEFINA AZOCAR.
ABOGADO ASISTENTE: GUSTAVO RODRÍGUEZ TORRES, IPSA N° N°47.197.
MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS

Vista la solicitud presentada por la ciudadana GLADYS JOSEFINA AZOCAR, asistida de abogado, mediante la cual solicitaron se les declare Únicos y Universales Herederos, respecto al de-cujus KELVIS GEORDANO OTERO AZOCAR, ex titular de la cédula de identidad número V-16.725.771, fallecido en fecha 30/06/2010, según Acta de Defunción N°124, de fecha 01/07/2010, la cual corre inserta en los libros que reposan en los archivos en la Unidad de Registro Civil de la Parroquia Catia La Mar, Municipio Vargas del estado Vargas. Asimismo, evacuadas las documentales y las testimoniales promovidas el Tribunal las aprecia en todo su valor probatorio, siendo en consecuencia procedente reconocer el derecho de los solicitantes por lo que nada obsta para que éste Tribunal declare ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos GLADYS JOSEFINA AZOCAR y JOSE MANUEL OTERO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-5.544.101 y V-6.470.258, respectivamente, con respecto al de-cujus GUSTAVO ADOLFO CEPERO CASTRO, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros. Expídanse las copias que solicite la parte solicitante.-
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el copiador de sentencias llevado por este Tribunal.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Civil, Mercantil y del Tránsito del estado Vargas, en Maiquetía, a los seis (06 ) días del mes de febrero del año dos mil dieciocho (2018).-AÑOS. 207° de la Independencia y 158º de la Federación.-
LA JUEZA,

Abg. ANGIE MURILLO
LA SECRETARIA,

Abg. NEYLA VELASQUEZ
En la misma fecha siendo las 12:38 p.m, se publicó y registro la anterior sentencia.-
LA SECRETARIA,

Abg. NEYLA VELASQUEZ
AM/NV/MALYURI