REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE ESTADO VARGAS

SOLICITUD: WP12-S-2018-000625
SOLICITANTES: HERNANDO ANCIZAR BALLESTERO RAMOS.-
ABOGADO ASISTENTE: ZULLY DEL VALLE VILLALOBOS, IPSA N° 192.600
MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS

Vista la solicitud formulada por ciudadano HERNANDO ANCIZAR BALLESTERO RAMOS, titular de la cedula de Identidad N° E- 81.813.789, asistido de abogado, mediante la cual solicitó se le declare, Único y Universal Heredero, respecto al de-cujus CARMEN TERESA GONZALEZ DE BALLESTEROS, ex titular de la cédula de Identidad N° V- 6.479.475, fallecido en fecha 22/09/2017, según Acta de Defunción N° 986, de fecha 25/09/2017, la cual corre inserta en los libros que reposan en los archivos en la Unidad de Registro Civil de la Parroquia Maiquetía, Municipio Vargas, Estado Vargas. Asimismo, evacuadas las documentales y las testimoniales promovidas el Tribunal las aprecia en todo su valor probatorio, siendo en consecuencia procedente reconocer el derecho de la solicitante por lo que nada obsta para que éste Tribunal declare ÚNICO Y UNIVERSAL HEREDERO al ciudadano HERNANDO ANCIZAR BALLESTERO RAMOS, titular de la cedula de Identidad N° E- 81.813.789, con respecto al de-cujus CARMEN TERESA GONZALEZ DE BALLESTEROS, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros. Expídanse las copias que solicite la parte solicitante.-
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el copiador de sentencias llevado por este Tribunal.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Civil, Mercantil y del Tránsito del estado Vargas, en Maiquetía, a los seis (06) días del mes de julio del año dos mil dieciocho (2018).-AÑOS. 208° de la Independencia y 159º de la Federación.-
LA JUEZ

ABG. ANGIE MURILLO
LA SECRETARIA,

ABG. NEYLA VELASQUEZ
En la misma fecha siendo las 09:31 p.m, se publicó y registro la anterior sentencia.
LA SECRETARIA,

ABG. NEYLA VELASQUEZ



AM/NV/Lemmi.-