REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA
San Cristóbal, miércoles 6 de junio del año 2018
208º y 159º
ASUNTO: SP01-L-2017-000184
En el día de hoy, miércoles 6 de junio del año 2018, siendo las 9:30 a. m. fecha y hora fijada para la celebración de la audiencia de juicio oral y pública en la presente causa, se deja constancia de la comparecencia del abogado Carlos Manuel Ostos Chacon, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado con el número 129.689, en su carácter de apoderado judicial de la parte accionante, así como también de la comparecencia del ciudadano Freddy Rafael Aguirre Mieres, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 5.276.468, en su carácter de apoderado judicial de la entidad de trabajo Protección 2050, C. A., asistido por el abogado Braulio Cesar Sánchez, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado con el número 38.640, ambas partes, de mutuo acuerdo, deciden en este acto ponerle fin al proceso, mediante un acuerdo de pago por la cantidad total de Bs. 4.500.000,00, correspondiéndole a cada accionante la cantidad de Bs. 450.000,00, mediante transferencias bancarias realizadas a las cuentas pertenecientes a cada uno de los demandantes. Este Tribunal en vista de que dicho acuerdo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, homologa el acuerdo de las partes, dándole efectos de la Cosa Juzgada y ordenara la remisión del expediente al Juzgado Tercero de Sustanciación Mediación y Ejecución una vez transcurrido el lapso para apelar del contenido de la presente acta. Se deja copia de la presente acta para los archivos del Tribunal.
Juez,
Abg.a Fabiola Patricia Colmenares Dal canto.
Apoderado judicial de los accionantes.
Apoderado judicial de la demandada.
Abogado asistente
Secretaria judicial,
Abg.a Isley Gamboa.
|