REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE ESTADO VARGAS

SOLICITUD: WP12-S-2018-00652
SOLICITANTE: SELENIA AYLMER MEDINA DE COLLET
MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS

Vista la solicitud formulada por el ciudadano SELENIA AYLMER MEDINA DE COLLET, titular de la cedula de Identidad N° V- 5.264.678, actuando en su nombre y representación de mis hijos los ciudadanos: BORIS ALEJANDRO COLLET MEDINA, CHISTINNE MARIE COLLET MEDINA y SUZANNE CHANTAL COLLET MEDINA, mediante la cual solicitó se le declare a él, Únicos y Universales Herederos, respecto al de-cujus HANS ADOLFO COLLET VELASCO, ex titular de la cédula de Identidad N° V- 1.715.355, fallecido en fecha 17/08/2017, según Acta de Defunción N° 173, de fecha 17/08/2017, la cual corre inserta en los libros que reposan en los archivos en la Unidad de Registro Civil de la Parroquia el Hatillo del Distrito Capital. Asimismo, evacuadas las documentales y las testimoniales promovidas el Tribunal las aprecia en todo su valor probatorio, siendo en consecuencia procedente reconocer el derecho de los solicitantes por lo que nada obsta para que éste Tribunal declare ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos SELENIA AYLMER MEDINA DE COLLET, BORIS ALEJANDRO COLLET MEDINA, JONATHAN ENRIQUE COLLET MEDINA, CHISTINNE MARIE COLLET y SUZANNE CHANTAL COLLET MEDINA, titulares de las cédulas de Identidad Nros. V-5.264.678, V-17.124.949, V-20.093.296, V-25.663.040, V-27.038.161, respectivamente, con respecto al de-cujus HANS ADOLFO COLLET VELASCO, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros. Expídanse las copias que solicite la parte solicitante.-
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el copiador de sentencias llevado por este Tribunal.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Civil, Mercantil y del Tránsito del estado Vargas, en Maiquetía, a los veintisiete (27) días del mes de junio del año dos mil dieciocho (2018).-AÑOS. 208° de la Independencia y 159º de la Federación.-
LA JUEZ,

Abg. ANGIE MURILLO
LA SECRETARIA,

Abg. NEYLA VELASQUEZ
En esta misma fecha, siendo las 11:01 a.m, se registró y publicó la anterior decisión.
LA SECRETARIA,

Abg. NEYLA VELASQUEZ

AM/NV/yesmar