REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE ESTADO VARGAS

SOLICITUD: WP12-S-2018-000518
SOLICITANTE: ROMMEL DARIO GONZALEZ DIAZ
ABOGADO ASISTENTE: FLOR DE LIZ MATA LEON, IPSA N° 121.128
MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS

Vista la solicitud formulada por el ciudadano ROMMEL DARIO GONZALEZ DIAZ, titular de la cedula de Identidad N° V- 4.120.223, asistido de abogado, mediante la cual solicitó se le declare a él y a sus hijos YAJAMIRA CELIS GONZALEZ PEREZ, YANINA KARINA GONZALEZ PEREZ, ROMMEL DARIO GONZALEZ PEREZ, Únicos y Universales Herederos, respecto al de-cujus CARMEN MARINA PEREZ DE GONZALEZ, ex titular de la cédula de Identidad N° V- 3.889.403, fallecida en fecha 16/03/2018, según Acta de Defunción N° 291, de fecha 18/03/2018, la cual corre inserta en los libros que reposan en los archivos en la Unidad de Registro Civil de la Parroquia Maiquetía del Estado Vargas. Asimismo, evacuadas las documentales y las testimoniales promovidas el Tribunal las aprecia en todo su valor probatorio, siendo en consecuencia procedente reconocer el derecho de los solicitantes por lo que nada obsta para que éste Tribunal declare ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos ROMMEL DARIO GONZALEZ DIAZ, YAJAMIRA CELIS GONZALEZ PEREZ, YANINA KARINA GONZALEZ PEREZ, ROMMEL DARIO GONZALEZ PEREZ titulares de las cédulas de Identidad Nros. V- 4.120.223, V- 12.166.301, V-13.671.783, V-14.768.880, respectivamente, con respecto al de-cujus CARMEN MARINA PEREZ DE GONZALEZ, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros. Expídanse las copias que solicite la parte solicitante.-
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el copiador de sentencias llevado por este Tribunal.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Civil, Mercantil y del Tránsito del estado Vargas, en Maiquetía, a los cinco (05) días del mes de junio del año dos mil dieciocho (2018).-AÑOS. 208° de la Independencia y 159º de la Federación.-
LA JUEZA,

Abg. ANGIE MURILLO
LA SECRETARIA,

Abg. NEYLA VELASQUEZ
En esta misma fecha, siendo la 11:34 p.m, se registró y publicó la anterior decisión.
LA SECRETARIA,

Abg. NEYLA VELASQUEZ



AM/NV/yesmar.-