REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS

SOLICITUD: WP12-S-2017-001233
SOLICITANTES: NANCY YNONCENCIA HERNANDEZ ABACHE
APODERADO JUDICIAL: WOLGFANG MARTINEZ, IPSA N° 112.669
MOTIVO: DIVORCIO (Artículo 185-A del Código Civil).

Por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito Judicial, fue presentado escrito de DIVORCIO por la ciudadana NANCY YNOCENCIA HENRIQUEZ ABACHE, venezolana, mayor de edad, y titular de la cédula de identidad número V-12.162.682, debidamente asistida de abogado, fundamentándola en el artículo 185-A del Código Civil, alegando la ruptura de la vida en común por veinte (20), años. Asi mismo alegó la ciudadana NANCY YNOCENCIA HENRIQUEZ ABACHE, en su escrito de solicitud de Divorcio 185-A, en términos generales lo siguiente: Que en fecha veintidós (22) de febrero de 1990, contrajo matrimonio con el ciudadano JOSE RAMON PINTO CORDOVA titular de la cédula de identidad número V-10.577.174, por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Maiquetía del Municipio Vargas del Distrito Federal (hoy estado Vargas), bajo el Acta N° 26, que reposa en los archivos del Registro Civil correspondiente a esa parroquia.
Que una vez contraído el matrimonio, fijaron su domicilio conyugal en Prolongación Soublette, calle Páez, subida Los Olivos, Sector La Vuelta, casa N° 16, Parroquia Catia La Mar, estado Vargas. Que de dicha unión procrearon dos (02) hijos de nombres JULIO CESAR y FRENCY CATHERINE, mayores de edad. Acompañaron certificación del Acta de Matrimonio, Acta de Nacimientos y copias de las cedulas de identidad. Admitida la solicitud se ordeno la citación del ciudadano JOSE RAMON PINTO CORDOVA, en forma personal por el alguacil adscrito a este Circuito Judicial, al igual se ordenó la citación del representante del Ministerio Público Especial para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Civil e instituciones Familiares de esta Circunscripción Judicial, la cual se realizó en forma personal.-
En fecha 17 de mayo de 2018, compareció la parte solicitante y consigno justificativo de testigos asignado bajo el N° WP12-S-2017-001234 del referido expediente y probar la separación por más de 15 años del ciudadano JOSE RAMON PINTO CORDOVA.
UNICO: Quien Juzga observa, que se han llenado todos los extremos exigidos por el artículo 185-A del Código Civil, y en vista de que los cónyuges están contestes en afirmar que han permanecido separados de hecho por veintiún (21) años, de la citación del ciudadano JOSE RAMON PINTO CORDOVA, e igualmente de la citación del Representante del Ministerio Público Especial para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Civil e instituciones Familiares. Este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio planteada de conformidad con el Articulo 185-A del Código Civil, y por consiguiente DISUELTO el vinculo matrimonial que unía a los ciudadanos NANCY YNOCENCIA HENRIQUEZ ABACHE y JOSE RAMON PINTO CORDOVA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de Identidad números V-12.162.682 y V-10.577.174, respectivamente, contraído por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Maiquetía del Municipio Vargas del Distrito Federal (hoy estado Vargas), bajo el Acta N° 26, que reposa en los archivos del Registro Civil correspondiente a esa parroquia. Ofíciese a los organismos competentes, remitiendo copia certificada de la presente decisión, a los fines legales consiguientes. Expídanse las copias que solicite la parte interesada. Publíquese, Regístrese y déjese copia certificada de la anterior decisión.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Vargas, en Maiquetía, a los quince (15), días del mes de junio de dos mil dieciocho (2018 ). AÑOS: 208° de la Independencia y 159° de la Federación.-
EL JUEZ,

WILBERTO SAAVEDRA MARVAL
LA SECRETARIA,

Abg. ANDREA MARCANO
En esta misma fecha, siendo las diez y cincuenta y ocho antes meridiem (10:58 a.m.), se registró y publicó la anterior decisión.
LA SECRETARIA,

Abg. ANDREA MARCANO


WSM/AM/yesmar
WP12-S-2017-001233


Abg. ANDREA MARCANO; Secretaria del Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del estado Vargas, quien suscribe, CERTIFICA: Que las copias que anteceden, son traslado fiel y exacto de sus originales de la solicitud signada con el N° WP12-S-2017-001233, contentiva de la solicitud de DIVORCIO 185-A, presentado por la ciudadana NANCY YNOCENCIA HENRIQUEZ ABACHE. Dichas copias se certifican de conformidad con el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil. Maiquetía, a los quince (15) días del mes de junio de dos mil dieciocho (2018).
LA SECRETARIA,

Abg. ANDREA MARCANO