REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS

SOLICITUD: WP12-S-2017-002035
SOLICITANTES: TULIO ANTONIO BELLO MONCADA Y MAVEL DEL JESUS MARTINEZ MARTINEZ
ABOGADA ASISTENTE: CARLOS ALBERTO MORANTES GONZALEZ, IPSA N° 44.016
MOTIVO: DIVORCIO (Artículo 185-A del Código Civil).

Por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos fue presentada solicitud de Divorcio por los ciudadanos TULIO ANTONIO BELLO MONCADA Y MAVEL DEL JESUS MARTINEZ MARTINEZ, fundamentándola en el artículo 185-A del Código Civil, alegando la ruptura de la vida en común por más de cinco (05) años. Asimismo, manifestaron que contrajeron matrimonio civil por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Girardot del Estado Aragua, en fecha veintisiete (27) de noviembre de 2009, asentada bajo el Acta N°54, del Libro de Registro Civil de Matrimonio llevados por ese Despacho. Que una vez contraído el matrimonio, fijaron su domicilio conyugal en Avenida florida palmar este quinta Luichy, Parroquia Caraballeda del Municipio Vargas del Estado Vargas. Que de dicha unión no procrearon hijos y acompañaron certificación del Acta de Matrimonio. Admitida la solicitud se ordeno la citación del representante del Ministerio Público Especial para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Civil e instituciones Familiares de esta Circunscripción Judicial, la cual se realizó en forma personal.-
ÚNICO: Quien Juzga observa, que se han llenado todos los extremos exigidos por el artículo 185-A del Código Civil, y en vista de que los cónyuges están contestes en afirmar que han permanecido separados de hecho por más de cinco (05) años y de la citación del representante del Ministerio Público Especial para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Civil e instituciones Familiares de esta Circunscripción Judicial, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio planteada de conformidad con el Articulo 185-A del Código Civil, y por consiguiente DISUELTO el vinculo matrimonial que unía a los ciudadanos TULIO ANTONIO BELLO MONCADA Y MAVEL DEL JESUS MARTINEZ MARTINEZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad números V-6.495.155 y V- 7.991.684, respectivamente, ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Girardot del Estado Aragua, en fecha veintisiete (27) de noviembre de 2009, asentada bajo el Acta N°54, del Libro de Registro Civil de Matrimonio llevados por ese Despacho. Ofíciese a los organismos competentes, remitiendo copia certificada de la presente decisión a los fines legales consiguientes. Expídanse las copias que solicite la parte interesada. Publíquese, Regístrese y déjese copia certificada de la anterior decisión.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito del estado Vargas, en Maiquetía, a los veintitrés (23) días del mes de marzo de dos mil dieciocho (2018). AÑOS. 207° de la Independencia y 159º de la Federación.-
LA JUEZ,

Abg.ANGIE MURILLO
LA SECRETARIA,

Abg. NEYLA VELASQUEZ
En esta misma fecha, siendo las 01:46 p.m, se registró y publicó la anterior decisión.
LA SECRETARIA,

Abg. NEYLA VELASQUEZ