REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL CIRCUITO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE ESTADO VARGAS
207° Y 159°
ASUNTO: WP12-S-2018-000209.
SOLICITANTES: MARÍA JOSEFINA RODRÍGUEZ DE RODRÍGUEZ, TERESA DE LA CRUZ RODRÍGUEZ DE SPINOLA, FÉLIX SEGUNDO RODRÍGUEZ BARRIOS, MARÍA HORTENSIA RODRÍGUEZ DE RIVERO, BELKYS HORTENSIA RODRÍGUEZ BARRIOS, MARELBI DEL VALLE RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ y ALFREDO ANDRES RODRÍGUEZ BARRIOS.
APODERADO JUDICIAL: CARLOS MEDINA MEZA, IPSA N° 43.208.
MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS

Vista la solicitud presentada por los ciudadanos MARÍA JOSEFINA RODRÍGUEZ DE RODRÍGUEZ, TERESA DE LA CRUZ RODRÍGUEZ DE SPINOLA, FÉLIX SEGUNDO RODRÍGUEZ BARRIOS, MARÍA HORTENSIA RODRÍGUEZ DE RIVERO, BELKYS HORTENSIA RODRÍGUEZ BARRIOS, MARELBI DEL VALLE RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ y ALFREDO ANDRES RODRÍGUEZ BARRIOS, debidamente asistidos de abogado, mediante la cual solicitaron se les nombre Únicos y Universales Herederos, respecto al de-cujus FÉLIX ANTONIO RODRÍGUEZ, ex titular de la cédula de identidad número V-1.865.072, fallecido en fecha 26/06/2015, según Acta de Defunción N° 478, de fecha 28/06/2015, la cual corre inserta en los libros que reposan en los archivos en la Unidad de Registro Civil de la Parroquia Maiquetía, Municipio Vargas del estado Vargas. Asimismo, evacuadas las documentales y las testimoniales promovidas el Tribunal las aprecia en todo su valor probatorio, siendo en consecuencia procedente reconocer el derecho de los solicitantes por lo que nada obsta para que éste Tribunal declare ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos MARÍA JOSEFINA RODRÍGUEZ DE RODRÍGUEZ, TERESA DE LA CRUZ RODRÍGUEZ DE SPINOLA, FÉLIX SEGUNDO RODRÍGUEZ BARRIOS, MARÍA HORTENSIA RODRÍGUEZ DE RIVERO, BELKYS HORTENSIA RODRÍGUEZ BARRIOS, MARELBI DEL VALLE RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ y ALFREDO ANDRES RODRÍGUEZ BARRIOS, titulares de la cedulas de identidad Nros. V-4.557.783, V-5.578.011, V-6.472.494, V-6.489.644, V-9.996.313, V-14.314.368 y V-11.059.758, respectivamente, con respecto al de-cujus FÉLIX ANTONIO RODRÍGUEZ, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros. Expídanse las copias que solicite la parte solicitante.-
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el copiador de sentencias llevado por este Tribunal.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Civil, Mercantil y del Tránsito del estado Vargas, en Maiquetía, a los doce (12) días del mes de marzo del año dos mil dieciocho (2018).-AÑOS. 207° de la Independencia y 158º de la Federación.-
LA JUEZA,

Abg. YESIMAR GONZÁLEZ
LA SECRETARIA ACC,

Abg. NANCY USECHE
En la misma fecha siendo las once y veinte minutos de la mañana (11:20 a.m.), se publicó y registro la anterior sentencia.-
LA SECRETARIA ACC,

Abg. NANCY USECHE
YG/NU/MALYURI