REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDASDEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE ESTADO VARGAS
SOLICITUD: WP12-S-2018-000126
SOLICITANTES: ELENA JOSEFINA CARDONA JIMENEZ Y OTROS
ABOGADO ASISTENTE: ANTONIO JOSE CARDIET CARDONA, IPSA N°165.991 MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS
Vista la solicitud formulada por los ciudadanos ELENA JOSEFINA CARDONA JIMENEZ, EDITA DEL VALLE CARDONA GIMENEZ, BELKYS YALITZA CARDONA GIMENEZ, TITO ARMANDO CARDONA GIMENEZ, ALEXIS WLADIMIR CARDONA PEREZ y MARIA GRACIELA CARDONA PEREZ, asistidos debidamente de abogado, mediante la cual solicitaron se les declare ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, respecto al De-Cujus ARMANDO CARMONA, ex titular de la cédula de identidad número V-1.456.785, fallecido en fecha veintiuno (21) de enero de 2018, de acuerdo al Acta de Defunción N° 045, de fecha veintitrés (23) de enero de 2018, la cual corre inserta en los libros que reposan en los archivos en la Unidad de Registro Civil de la Parroquia La Guaira del estado Vargas. Asimismo, evacuadas las documentales y las testimoniales promovidas el Tribunal las aprecia en todo su valor probatorio, siendo en consecuencia procedente reconocer el derecho de los solicitantes por lo que nada obsta para que éste Tribunal declare ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos ELENA JOSEFINA CARDONA JIMENEZ, EDITA DEL VALLE CARDONA GIMENEZ, BELKYS YALITZA CARDONA GIMENEZ, TITO ARMANDO CARDONA GIMENEZ, ALEXIS WLADIMIR CARDONA PEREZ y MARIA GRACIELA CARDONA PEREZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad números V-7.997.670, V-11.061.114, V-14.567.624, V-11.051.133, V-17.711.771, V-19.797.859, en su orden, con respecto al De-Cujus ARMANDO CARMONA, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros. Expídanse las copias que solicite la parte solicitante.-
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el copiador de sentencias llevado por este Tribunal.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito del estado Vargas, en Maiquetía, al primer (1°) día del mes de marzo del año dos mil dieciocho (2018). AÑOS 207° de la Independencia y 158º de la Federación.-
EL JUEZ,
WILBERTO SAAVEDRA MARVAL
LA SECRETARIA,
Abg. ANDREA MARCANO
En la misma fecha siendo las nueve y cincuenta y seis antes meridiem (09:56 a.m.), se publicó y registro la anterior resolución.-
LA SECRETARIA,
Abg. ANDREA MARCANO
WSM/AM/liandri
Abg. ANDREA MARCANO; Secretaria del Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del estado Vargas, quien suscribe, CERTIFICA: Que las copias que anteceden, son traslado fiel y exacto de sus originales de la solicitud signada con el N° WP12-S-2018-000126, contentiva de la solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentado por los ciudadanos ELENA JOSEFINA CARDONA JIMENEZ, EDITA DEL VALLE CARDONA GIMENEZ, BELKYS YALITZA CARDONA GIMENEZ, TITO ARMANDO CARDONA GIMENEZ, ALEXIS WLADIMIR CARDONA PEREZ y MARIA GRACIELA CARDONA PEREZ. Dichas copias se certifican de conformidad con el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil. Maiquetía, al primer (01) día del mes de marzo de dos mil dieciocho (2018).
LA SECRETARIA,
Abg. ANDREA MARCANO
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