REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE JUICIO CON COMPETENCIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio del Circuito Judicial en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer del Estado Táchira
San Cristóbal, 7 de Noviembre de 2018
208º y 159º

ASUNTO PRINCIPAL : SP21-S-2014-001397
ASUNTO : SP21-S-2014-001397

RESOLUCIÓN: N° 302-2018

AUTO. RESPUESTA A INCIDENCIA PLANTEADA
POR EL MINISTERIO PÚBLICO

JUEZ ESPECIALIZADO: DR. JOSE ANTONIO MELENDEZ ADRIAN.
SECRETARIO: ABG. YEISON ANDRÉS GRISMALDO CONTRERAS.
ALGUACIL DE SALA: GERSON QUINTANA.

IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES

FISCALÍA DEL MINISTERIO PÚBLICO: ABG. NANCY GRANADOS, FISCAL 22° DEL MINISTERIO PÚBLICO.
VÍCTIMA: M.F.M.C.
ACUSADO: JESUS ALBERTO TERAN URBINA, venezolano, cédula de Identidad N° V-14.281.539, de 36 años de edad, domiciliado La Grita Sector Santa Rosa, carrera 7, vereda 2 casa N° 2-36, Municipio Jáuregui Estado Táchira. N° 0426-429.05.12.
DEFENSORA PÚBLICA N° 2: ABG. GLADYS GONZALEZ DE BARRAGÁN.

CALIFICACIÓN JURÍDICA

DELITO. (S): ACTOS LASCIVOS, previsto y sancionado en el articulo 45 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, con el agravante del articulo 217 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, cometido en perjuicio de M.F.M.C.
I
DE LA PETICION DEL MINISTERIO PÚBLICO

La abogada NANCY GRANADOS, FISCAL 22° DEL MINISTERIO PÚBLICO, en la Audiencia de Juicio celebrada en fecha 6 de Noviembre de 2018, interpuso formal incidencia en los términos siguientes: “Vista la incomparecencia de la Ciudadana HILDA URBINA, solicito que se libre boleta de notificación nuevamente, a los fines de que asista a la próxima audiencia de juicio oral y reservado, pues es un medio de prueba importante para el esclarecimiento de los hechos. Es todo”.

Seguidamente se le cede el derecho de palabra a la Defensa Técnica, quien expuso: “No me opongo al pedimento realizado por la Representación Fiscal, y por consiguiente me adhiero al mismo. Asimismo, Ciudadano Juez, dejo constancia que en vista de los disturbios acaecidos las ultimas semanas, las diferentes trancas en las vías, e incluso las situaciones de naturaleza, mi defendido no pudo acudir a la audiencia del día de hoy, sin embargo, el tribunal ha sido testigo de la puntualidad del mismo a todas las audiencia, dejando claro su sometimiento al proceso, es por lo que pido se suspenda la presente audiencia y se libre boleta de notificación. Es Todo”.
II
FUNDAMENTOS DE HECHO Y DE DERECHO DEL TRIBUNAL PARA DECIDIR
Revisada como ha sido la incidencia planteada por la Fiscalía, quien aquí decide, en garantía de la Tutela Judicial Efectiva, el derecho a la defensa y al debido proceso consagrados en los artículos 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con artículo 81 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de Las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, ACUERDA LO PETICIONADO por el Profesional del Derecho antes mencionado, y en razón de ello ORDENA: NOTIFICAR A LOS Ciudadana HILDA URBINA a los fines de que comparezcan a la audiencia de Juicio fijada para el día (13) DE NOVIEMBRE DE 2018 A LAS (10:00 A. M.). ASI SE DECIDE-CUMPLASE.-




ABG. JOSE ANTONIO MELENDEZ ADRIAN
JUEZ DEL TRIBUNAL ÚNICO DE JUICIO CON COMPETENCIA
EN DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER





ABG. YEISON ANDRES GRISMALDO
SECRETARIO