JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, ocho (08) de octubre de dos mil dieciocho.
AÑOS: 208° y 159°
Recibido por distribución escrito de solicitud de DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, constante de DOS (02) folios útiles y ONCE (11) folios útiles los recaudos consignados en la presente fecha, por la ciudadana LOURDES CRISTINA RUIZ DE MORA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°. V-3.788.944, asistida por la Abogado en ejercicio, ANGELICA MARÍA ZAMBRANO OCHOA, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 136.962; en el cual expone: Que el día 16 de enero de 2.018, falleció el ciudadano JESÚS MARÍA MORA CORONADO, quien en vida fuese venezolano, casado, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.031.084, quien estuvo domiciliado en la San Cristóbal Avenida Los Agustinos, Residencias Paramillo, Edificio 3, San Cristóbal del estado Táchira; habiendo tenido su deceso en el Hospital Central Medicatura Forense - Delegación Táchira de esta Jurisdicción, a causa de “…LEUCEMIA MIELOIDE AGUDA …”, según Certificado de Defunción N° 3193645 de fecha 16 de enero de 2018, suscrito por el Doctor JOSÉ BONILLA, titular de la cédula de identidad N°. V-5.742.472; tal y como se desprende de Registro de Defunción N° 56, levantado el 16 de enero de 2.018, por ante el Registro Civil de la Parroquia San Juan Bautista, Municipio San Cristóbal del estado Táchira; habiendo presentado la solicitante los siguientes anexos:
Copia certificada de Registro de Defunción N° 56 del año 2.018, perteneciente a “JESÚS MARÍA MORA CORONADO”, expedida el 06 de marzo de 2.018, por el Registro Civil de la Parroquia San Juan Bautista, Municipio San Cristóbal del estado Táchira.
Copia certificada de Acta de Matrimonio N° 89 del 12 de agosto de 1.972 perteneciente a “JESÚS MARÍA MORA CORONADO Y LOURDES CRISTINA RUIZ CORTEZ; expedida el 07 de agosto de 1.973, por el Registro Civil de la Prefectura del Municipio Tariba del estado Táchira.
Copia certificada de Partida de Nacimiento N° 4.390 del año 1.973, perteneciente a “JEYLOU MINARETH”, expedida el 27 de agosto de 1.991, por el Registro Civil Principal del estado Táchira.
Copia certificada de Partida de Nacimiento N° 94 del año 1.975, perteneciente a “LOURDES MARIOTSY”, expedida el 20 de septiembre de 2.018, por el Registro Civil de la Parroquia La Concordia, Municipio San Cristóbal, estado Táchira.
Copia certificada de Partida de Nacimiento N° 4.854 del año 1.979, perteneciente a “LOURDES LISSETT”, expedida el 15 de diciembre de 1.987, por la Prefectura del Municipio La Concordia, Distrito San Cristóbal del estado Táchira.
Copias simples de Cédulas de Identidad Nos. V-3.031.084, V-3.788.944, V-11.508.152, V-11.508.153, V-14.042.742, pertenecientes a los ciudadanos JESÚS MARÍA MORA CORONADO, LOURDES CRISTINA RUIZ DE MORA, JEYLOU MINARETH MORA DE FERNANDEZ, LOURDES MARIOTSY MORA DE ORDOÑEZ, LOURDES LISSETT MORA RUIZ, en su orden.-


Justificativo de Testigos, evacuado el 08 de octubre de 2.018, por ante este JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. Donde rindieron su testimonio los ciudadanos: CARMEN CECILIA MARQUEZ DE HOYOS y ANA SOCORRO VALDERRAMA, venezolanos, mayores de edad, con cédula de identidad N° V-11.498.611 y V-23.176.948, en su orden; quienes fueron contestes al declarar que les consta que el causante JESÚS MARÍA MORA CORONADO, dejo como a sus Únicos y Universales Herederos a su Cónyuge e Hijos, que a continuación se especifican.
Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente. En consecuencia este JUZGADO ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA las presentes diligencias suficientes para asegurarle a los ciudadanos: LOURDES CRISTINA RUIZ DE MORA, JEYLOU MINARETH MORA DE FERNANDEZ, LOURDES MARIOTSY MORA DE ORDOÑEZ, LOURDES LISSETT MORA RUIZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad, Nos V-3.788.944, V-11.508.152, V-11.508.153, V-14.042.742; en su condición de Cónyuge la primera y de Hijos los restantes del causante JESUS MARIA MORA CORONADO, el carácter de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS; y así se decide.-De conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, se deja a salvo todo derecho de terceros.
Déjese copia certificada de las mismas para el archivo del Tribunal y devuélvase los originales de las mismas al interesado a los fines legales.



Dra. ANA LOLA SIERRA
Juez Temporal

WILMER COLMENARES Secretario




En la mima fecha se dictó y publicó la anterior decisión, quedando registrada bajo el Nº 5496, siendo las diez de la mañana (10:00 a.m.), y se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.