REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE ESTADO VARGAS
SOLICITUD: WP12-S-2018-000958
SOLICITANTE: FELICIA TORTOZA DE CARRILLO
ABOGADO ASISTENTE: DOUGLAS RAMON ACOSTA, IPSA N° 17.6687
MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS
Vista la solicitud formulada por la ciudadana FELICIA TORTOZA DE CARRILLO, titular de la cedula de Identidad N° V- 6.470.916, asistida de abogado, mediante la cual solicitó se le declare a ella, Única y Universal Heredera, respecto al de-cujus LEANDRO JOSE CASTILLO TORTOZA, ex titular de la cédula de Identidad N° V- 13.672.532, fallecido en fecha 07/11/2016, según Acta de Defunción N° 1197, de fecha 08/11/2016, la cual corre inserta en los libros que reposan en los archivos en la Unidad de Registro Civil Electoral de la Parroquia Maiquetía del Estado Vargas. Asimismo, evacuadas las documentales y las testimoniales promovidas el Tribunal las aprecia en todo su valor probatorio, siendo en consecuencia procedente reconocer el derecho de la solicitante por lo que nada obsta para que éste Tribunal declare ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA a la ciudadana FELICIA TORTOZA DE CARRILLO, titular de la cedula de Identidad N° V- 6.470.916, con respecto al de-cujus LEANDRO JOSE CASTILLO TORTOZA, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros. Expídanse las copias que solicite la parte solicitante.-
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el copiador de sentencias llevado por este Tribunal.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Civil, Mercantil y del Tránsito del estado Vargas, en Maiquetía, a los ( 25 ) días del mes de octubre del año dos mil dieciocho (2018).-AÑOS. 208° de la Independencia y 159º de la Federación.-
LA JUEZA,
Abg. MERLY VILLARROEL
LA SECRETARIA,
Abg. MAGLI GONCALVES
En esta misma fecha, siendo las 09:48 a.m, se registró y publicó la anterior decisión.
LA SECRETARIA,
Abg. MAGLI GONCALVES
MV/MG/RAYMAR.
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