REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE
MEDIDAS DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
SOLICITUD: WP12-S-2016-000932
SOLICITANTE: LEIPZIG DESAIX RODRIGUEZ YANEZ.
ABOGADO ASISTENTE: ERNESTO ALBEN MONCADA, IPSA N° 3.889.761
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO
Se recibió por ante este Tribunal solicitud de Titulo Supletorio, presentado por la ciudadana LEIPZIG DESAIX RODRIGUEZ YANEZ, debidamente asistida de abogado. Ahora bien se observa que desde el 19 de julio de 2016, no consta actividad alguna con posterioridad a dicha actuación, por lo que este Tribunal pasa a resolver sobre la misma en los siguientes términos; Nuestro máximo Tribunal de la República, en Sentencia de la Sala Constitucional, Exp N° 0001786, de fecha 1° de junio de 2001, ratificada el 28 de octubre de 2003, sostiene lo siguiente:
“(…) Dentro de las modalidades de extinción de la acción, se encuentra-como apunta esta Sala- pérdida del interés, lo cual puede ser aprehendido por el juez sin que las partes lo aleguen, y que tiene lugar cuando el accionante no quiere que se sentencie la causa, lo que se objetiviza mediante la pérdida total de impulso procesal que le corresponde.…”.
De las actas procesales se evidencia que la presente solicitud ha permanecido inactiva, lo que hace presumir a este Juzgador que la parte actora no tiene interés jurídico en que la pretensión, sea resuelta por este Tribunal, mediante la sentencia respectiva, por lo que este Tribunal debe considerar que el accionante ha perdido interés en que la solicitud sea decidida, motivo por el cual resulta forzoso para este juzgador declarar la Perdida de Interés en el dispositivo del presente fallo.-
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Vargas, Administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y actuando por Autoridad de la Ley declara; LA PÉRDIDA DEL INTERÉS de la presente solicitud de TITULO SUPLETORIO presentado por la ciudadana LEIPZIG DESAIX RODRIGUEZ YANEZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. V-19.122.135. Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la anterior decisión en el copiador de sentencias de este Tribunal.-
Así mismo se ordena la remisión al ARCHIVO JUDICIAL una vez vencido el lapso legal correspondiente.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Vargas, en Maiquetía, a los dos (02) días del mes de octubre de dos mil diecisiete (2017).- AÑOS: 207° de la Independencia y 158° de la Federación.-
EL JUEZ
WILBERTO SAAVEDRA MARVAL
LA SECRETARIA
Abg. ANDREA MARCANO
En la misma fecha siendo las dos y cincuenta y siete pasado meridiem (02:57 p.m.), se publicó y registro la anterior sentencia.-
LA SECRETARIA
Abg. ANDREA MARCANO
WSM/AM/malyuri
Abg. ANDREA MARCANO; Secretaria del Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del estado Vargas, quien suscribe, CERTIFICA: Que las copias que anteceden, son traslado fiel y exacto de sus originales de la solicitud signada con el N° WP12-S-2016-000932, contentiva de la solicitud de TITULO SUPLETORIO, presentado por la ciudadana LEIPZIG DESAIX RODRIGUEZ YANEZ. Dichas copias se certifican de conformidad con el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil. Maiquetía, a los dos (02) días del mes de octubre de dos mil diecisiete (2017).
LA SECRETARIA,
Abg. ANDREA MARCANO
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