REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE ESTADO VARGAS

SOLICITUD: WP12-S-2017-001492
SOLICITANTE: IGNACIA MARTINEZ DE ZAMORA
ABOGADO ASISTENTE: MANUEL MUÑOZ, IPSA N° 150.732
MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS

Vista la solicitud formulada por la ciudadana, IGNACIA MARTINEZ DE ZAMORA, debidamente asistida de abogado, mediante la cual solicitó se les declare a ella y a sus hijos ciudadanos ERICK ALFREDO ZAMORA MARTINEZ, YURI COROMOTO ZAMORA MARTINEZ, CESAR GREGORIO ZAMORA MARTINEZ, YOLIMAR ZAMORA MARTINEZ, TIBISAY ALEXANDRA ZAMORA MARTINEZ y SUYIN YUBISAY ZAMORA MARTINEZ, Únicos y Universales Herederos, respecto del De-Cujus PEDRO RAFAEL ZAMORA PÉREZ, ex titular de la cédula de identidad número V-1.445.842, fallecido en fecha diez (10) de junio de 2017, según se desprende del Acta de Defunción N° 601, de fecha once (11) de junio de 2017, la cual corre inserta en los libros que reposan en los archivos en la Unidad de Registro Civil de la Parroquia Maiquetía, Municipio Vargas del estado Vargas. Asimismo, evacuadas las documentales y las testimoniales promovidas el Tribunal las aprecia en todo su valor probatorio, siendo en consecuencia procedente reconocer el derecho de los solicitantes por lo que nada obsta para que éste Tribunal declare ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos, IGNACIA MARTINEZ DE ZAMORA, ERICK ALFREDO ZAMORA MARTINEZ, YURI COROMOTO ZAMORA MARTINEZ, CESAR GREGORIO ZAMORA MARTINEZ, YOLIMAR ZAMORA MARTINEZ, TIBISAY ALEXANDRA ZAMORA MARTINEZ y SUYIN YUBISAY ZAMORA MARTINEZ, titulares de las cédulas de identidad números V-4.563.137, V-6.490.334, V-6.490.333, V-8.178.760, V-9.994.220, V-15.026.194 y V-15.831.790, en su orden, con respecto al De-Cujus, PEDRO RAFAEL ZAMORA PÉREZ, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros. Expídanse las copias que solicite la parte solicitante.-
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el copiador de sentencias llevado por este Tribunal.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito del estado Vargas, en Maiquetía, a los cinco (05) días del mes de octubre del año dos mil diecisiete (2017). AÑOS. 207° de la Independencia y 158º de la Federación.-
EL JUEZ,

WILBERTO SAAVEDRA MARVAL
LA SECRETARIA,

Abg. ANDREA MARCANO
En la misma fecha siendo las ocho y cincuenta antes meridiem (08:50 a.m.), se publicó y registro la anterior sentencia.-
LA SECRETARIA,

Abg. ANDREA MARCANO
WSM/AM/Adianez


Abg. ANDREA MARCANO; Secretaria del Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del estado Vargas, quien suscribe, CERTIFICA: Que las copias que anteceden, son traslado fiel y exacto de sus originales de la solicitud signada con el N° WP12-S-2017-001492, contentiva de la solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentado por la ciudadana IGNACIA MARTINEZ DE ZAMORA. Dichas copias se certifican de conformidad con el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil. Maiquetía, a los cinco (05) días del mes de octubre de dos mil diecisiete (2017).
LA SECRETARIA,

Abg. ANDREA MARCANO