REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE ESTADO VARGAS

SOLICITUD: WP12-S-2017-001890
SOLICITANTES: VILMA VALDIVIA DE BLANCO
ABOGADO ASISTENTE: DOLLY CONTRERAS, IPSA N° 200.642
MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS

Vista la solicitud formulada por la ciudadana VILMA VALDIVIA DE BLANCO, debidamente asistida de abogada, mediante la cual solicitó se les declare a ella y a sus hijos ciudadanos; MARIA TERESA BLANCO VALDIVIA, RAMSES ENRIQUE BLANCO VALDIVIA y FIODOR NICOLAI BLANCO VALDIVIA, Únicos y Universales Herederos, respecto al De-Cujus CESAR ENRIQUE BLANCO, ex titular de la cédula de Identidad número V-1.455.292, fallecido en fecha veintiuno (21) de mayo de 2017, según Acta de Defunción N° 540 de fecha veinticuatro (24) de mayo de 2017, la cual corre inserta en los libros que reposan en los archivos de la Unidad de Registro Civil de la Parroquia Maiquetía del estado Vargas. Asimismo, evacuadas las documentales y las testimoniales promovidas el Tribunal las aprecia en todo su valor probatorio, siendo en consecuencia procedente reconocer el derecho de los solicitantes por lo que nada obsta para que éste Tribunal declare ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a favor de los ciudadanos VILMA VALDIVIA DE BLANCO, MARIA TERESA BLANCO VALDIVIA, RAMSES ENRIQUE BLANCO VALDIVIA y FIODOR NICOLAI BLANCO VALDIVIA, titulares de las cédulas de identidad números V-12.461.212, V-9.855.629, V-14.072.617 y V-12.864.743, en su orden con respecto del De-Cujus CESAR ENRIQUE BLANCO, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el copiador de sentencias llevado por este Tribunal.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito del estado Vargas, en Maiquetía, a los veintisiete (27) días del mes de septiembre del año dos mil dieciocho (2018). AÑOS. 208° de la Independencia y 159º de la Federación.-
EL JUEZ,

WILBERTO SAAVEDRA MARVAL
LA SECRETARIA,

ABG. ANDREA MARCANO
En esta misma fecha, siendo las nueve y cincuenta antes meridiem (09:50 a.m.), se registró y publicó la anterior decisión.
LA SECRETARIA,

ABG. ANDREA MARCANO
WSM/AM/Janly
Abg. ANDREA MARCANO; Secretaria del Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del estado Vargas, quien suscribe, CERTIFICA: Que las copias que anteceden, son traslado fiel y exacto de sus originales de la solicitud signada con el N° WP12-S-2017-001890, contentiva del UNICOS UNIVERSALES HEREDEROS, presentado por la ciudadana VILMA VALDIVIA DE BLANCO. Dichas copias se certifican de conformidad con el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil. Maiquetía, a los veintisiete (27) días del mes de septiembre de dos mil dieciocho (2018).
LA SECRETARIA,

Abg. ANDREA MARCANO