JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA ACCIDENTAL EN LO CIVIL MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, ocho (08) de Enero de Dos Mil diecinueve (2019).

204° y 155°

Vista la diligencia suscrita en fecha 18 de diciembre de 2018 presentada por la abogada Elizabeth Hernández de Guara, mediante la cual solicita la reposición de la causa al estado del nombramiento de un solo perito a los fines de que realice la experticia complementaria del fallo, se observa de la revisión de las actas procesales que conforman el presente expediente, lo siguiente:
Que en fecha 06 de noviembre de 2018, este Juzgado fijó día y hora para llevar a cabo el nombramiento de expertos contables en la presente causa, celebrándose el día 09 de noviembre de 2018, tal como consta al folio 123, en el que se evidencia del acta levantada a tal efecto que la parte demandada ciudadanos Xiomara Catalina Rojas Ramírez y Gonzalo Chacón Jaimes, no se hicieron presentes ni por si ni por medio de su apoderado en dicho acto, y siendo esa la oportunidad para plantear que la referida experticia se practicara mediante un solo experto, es por lo que este Juzgado considera que dicha solicitud es extemporánea por tardía. En consecuencia, se niega la misma. Dra. Fanny Trinidad Ramírez Sánchez. Juez Provisorio. Johanna Lisbeth Quevedo Poveda. Secretaria.