TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y DE EJECUTOR DE MEDIDAD DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, catorce (14) de enero del año dos mil diecinueve (2019).
208º y 159º
Visto la diligencia de fecha nueve (09) de enero del año dos mil diecinueve (2019), suscrita por la ciudadana ALEX ELVIRA PINEDA HERNANDEZ, acreditada en autos, debidamente asistida por la abogada ZULEIMA YADIRA ALVARADO REDONDO, inscrita en el Inpreabogado Nro. 44.198, parte demandante en la presente causa, en tal virtud, por cuanto se observa que dicho acto no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y DE EJECUTOR DE MEDIDAD DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando JUSTICIA en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN y da por consumado el acto, conforme con lo previsto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil y ordena proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Regístrese, publíquese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal. Una vez quede firme la presente decisión, archívese el expediente. Asimismo el Tribunal acuerda el desglose del documento inserto a los folios 8 al 63 aportados por la parte actora; dejando en su lugar copia fotostática certificada, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil “… si se pidiere la devolución de documentos originales por la misma parte que los haya producido, se le entregaran…”. Lo cual se hará efectivo una vez la parte actora suministre el costo de los fotostatos.
La Juez provisoria,
Maurima Molina Colmenares
La Secretaria temporal,
Heylen Magaly Guerrero
En la misma fecha dictó y publicó la anterior decisión siendo las nueve de la mañana (09:00a.m.), quedando registrada bajo el Nro. 08 y se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.
Heylen Magaly Guerrero / Secretaria
Exp. 8882-18
MMC/Tapias
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