REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS, DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ESTADO LA GUAIRA
ASUNTO: WP12-S-2020-000267
SOLICITANTE: ELADIA JOSEFINA OROPEZA DE ZURITA
ABOGADO ASISTENTE: JOSE GREGORIO SAYAGO BRICEÑO, IPSA N° 32.407
MOTIVO: DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS
Vista la solicitud formulada por la ciudadana ELADIA JOSEFINA OROPEZA DE ZURITA, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad N° V-5.090.550, asistida de abogado, mediante la cual solicito se les declare a ella y a sus hijas ciudadanas INGRID JOSEFINA ZURITA OROPEZA, ROSSELINE DEL CARMEN ZURITA OROPEZA y DEYANIRA DAYANA ZURITA OROPEZA, Únicas y Universales Herederas respecto a la De-Cujus ROGELIO ANTONIO ZURITA PEÑA, ex titular de la identidad N° V-3.439.632, fallecido en fecha 09/08/2020, según Acta de Defunción N°1276, Folio 026, de fecha 09/08/2020, la cual corre inserta en los libros que reposan en los archivos de la Unidad de Registro Civil de la Parroquia Maiquetía, Municipio Vargas del Estado la Guaira. Asimismo, evacuadas las documentales y las testimoniales promovidas, el Tribunal las aprecia en todo su valor probatorio, siendo en consecuencia procedente reconocer el derecho de la solicitante, por lo que nada obsta para que este Tribunal declare UNICAS Y UNIVERSALES HEREDERAS a las ciudadanas ELADIA JOSEFINA OROPEZA DE ZURITA, INGRID JOSEFINA ZURITA OROPEZA, ROSSELINE DEL CARMEN ZURITA OROPEZA y DEYANIRA DAYANA ZURITA OROPEZA, venezolanas, mayores de edad y titulares de las cedulas de identidad Nros. V-5.090.550, V-11.064.263, V-13.223.621 y V-13.826.565, respectivamente en su orden, con respecto a la De-Cujus ROGELIO ANTONIO ZURITA PEÑA, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del código de procedimiento civil, dejando a salvo los derechos de terceros. Expídanse las copias que solicite la parte interesada.-
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el copiador de sentencias llevados por este Tribunal.-
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado La Guaira, en Maiquetía a los dieciséis (16) días del mes de Diciembre del año dos mil veinte (2020). Años 210° de la independencia y 161° de federación.-
EL JUEZ
MAGLI GONCALVES.
LA SECRETARIA,
Abg. NANCY USECHE.
En esta misma fecha, siendo las once antes meridiem (11:00 A.M.), se publicó Y registro la anterior sentencia.
LA SECRETARIA,
Abg. NANCY USECHE.
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