REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO LA GUAIRA


ASUNTO: WP12-S-2021-000458
PARTE SOLICITANTE: JOSE DE CANHA DA CONCEICAO, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad N° V-6.493.722.
APODERADO JUDICIAL: JUAN M. GONZALEZ B., inscrito en el inpreabogado bajo el N°30.010.
MOTIVO: NOTIFICACIÓN JUDICIAL

Concluido como ha sido el trámite inherente a la presente solicitud de Notificación Judicial presentada por el abogado: JUAN M. GONZALEZ B. inscrito en el inpreabogado bajo el N°30.010, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte solicitante ciudadano JOSE DE CANHA DA CONCEICAO, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad N° V-6.493.722.

Dispone el artículo 932 del Código de Procedimiento Civil:
“Si se solicitare la notificación al subarrendatario o tenedor de una finca vendida en pacto de rescate, de que debe entenderse para el pago de alquileres con el comprador, bien por estar así convenido, bien por no pagar el vendedor las pensiones de arrendamiento, el Juez hará la notificación o comisionará a un inferior para que la verifique”.

En este sentido, evacuada oportunamente la Solicitud que nos ocupa en la siguiente dirección: “Avenida La Costanera de la Urbanización Palmar Este al lado del Rey de la Cocada, Parroquia Caraballeda, Municipio Vargas, del Estado La Guaira, local comercial signado con el N°3”. Este Tribunal declara instruida la presente solicitud de NOTIFICACION JUDICIAL y acuerda entregar la misma a la parte solicitante sin decreto alguno, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 932 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase. Maiquetía, a los veinte (20) días del mes de agosto de dos mil veintiuno (2021). AÑOS. 211° de la Independencia y 162º de la Federación. Siendo las doce y cinco meridiem (12:05 M.), se publico la presente resolución.-
LA JUEZA,

MAGLI GONCALVES.

LA SECRETARIA,

NANCY USECHE.



MG/NU