REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS, DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ESTADO LA GUAIRA
210º y 162º
ASUNTO: WP12-S-2020-000150
SOLICITANTE: FRANCYS JOSEFINA MENDOZA VELASQUEZ
ABOGADO ASISTENTE: IVON VARGAS SIRIT, IPSA N° 23.347
MOTIVO: DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS
Vista la solicitud formulada por la ciudadana FRANCYS JOSEFINA MENDOZA VELASQUEZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad N° V-7.999.040, asistida de abogado, mediante la cual solicita se les declare a ella y a la ciudadana MAYLIN YARIVIT RASQUIN GRAU, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad N° V-24.179.077, Únicas y Universales Herederas respecto al De-Cujus JOSE ARMANDO RASQUIN MENDEZ, ex titular de la identidad N° V-6.491.881, fallecido en fecha 04 de Octubre de 2019, según acta de defunción N°174, Folio 174 de fecha 04 de Octubre de 2019, la cual corre inserta en los libros que reposan en los archivos de la Unidad de Registro Civil de la Parroquia Catia La Mar, Municipio Vargas del Estado la Guaira. Asimismo, evacuadas las documentales y testimoniales promovidas, el Tribunal las aprecia en todo su valor probatorio, siendo en consecuencia procedente reconocer el derecho de los solicitantes, por lo que nada obsta para que este Tribunal declare UNICAS Y UNIVERSALES HEREDERAS a las ciudadanas FRANCYS JOSEFINA MENDOZA VELASQUEZ y MAYLIN YARIVIT RASQUIN GRAU, venezolanas, mayores de edad y titulares de las cedulas de identidad Nros. V- V-7.999.040 y V-24.179.077 respectivamente, respecto al De-Cujus JOSE ARMANDO RASQUIN MENDEZ ex titular de la identidad N° V-6.491.881, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del código de procedimiento civil, dejando a salvo los derechos de terceros. Expídanse las copias que solicite la parte interesada.-
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el copiador de sentencias llevados por este Tribunal.
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado La Guaira, en Maiquetía a los nueve (09) días del mes de Julio del año dos mil veintiuno (2021). Años 210° de la independencia y 162° de federación.-
LA JUEZ
MAGLI GONCALVES.
LA SECRETARIA,
NANCY USECHE.
En esta misma fecha, siendo las diez y veinte (10:20 A.M.) se publicó y registro la anterior resolución.
LA SECRETARIA,
NANCY USECHE.
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