REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS, DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ESTADO LA GUAIRA
210º y 161º
ASUNTO: WP12-S-2020-000360
SOLICITANTE: ZAIDA DOLORES GONZALEZ DE PACHECO y CHRISTIAN RAUL PACHECO GONZALEZ
ABOGADO ASISTENTE: CARLOS GUAITA, IPSA N° 37.950
MOTIVO: DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS
Vista la solicitud formulada por los ciudadanos ZAIDA DOLORES GONZALEZ DE PACHECO y CHRISTIAN RAUL PACHECO GONZALEZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cedulas de identidad Nros° V-4.565.947 y V-18.536.855, asistido de abogado, mediante la cual solicitaron se les declare Únicos y Universales Herederos respecto al De-Cujus RAUL BERNABE PACHECO AVILAN, ex titular de la identidad N° V-2.904.366, fallecido en fecha 12 de Febrero de 2020, según acta de defunción N°193, Folio 193, Tomo 1 de fecha 13 de Febrero de 2020, la cual corre inserta en los libros que reposan en los archivos de la Unidad de Registro Civil de la Parroquia Maiquetía, Municipio Vargas del Estado la Guaira. Asimismo, evacuadas las documentales y testimoniales promovidas, el Tribunal las aprecia en todo su valor probatorio, siendo en consecuencia procedente reconocer el derecho de los solicitantes, por lo que nada obsta para que este Tribunal declare UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos ZAIDA DOLORES GONZALEZ DE PACHECO y CHRISTIAN RAUL PACHECO GONZALEZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cedulas de identidad Nros. V-4.565.947 y V-18.536.855, respectivamente en su orden; respecto al De-Cujus RAUL BERNABE PACHECO AVILAN ex titular de la identidad N° V-2.904.366, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del código de procedimiento civil, dejando a salvo los derechos de terceros. Expídanse las copias que solicite la parte interesada.-
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el copiador de sentencias llevados por este Tribunal.
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado La Guaira, en Maiquetía a los cinco (05) días del mes de Marzo del año dos mil veintiuno (2021). Años 210° de la independencia y 161° de federación.-
LA JUEZ
MAGLI GONCALVES.
LA SECRETARIA,
NANCY USECHE.
En esta misma fecha, siendo las diez y cincuenta (10:50 A.M.) se publicó y registro la anterior resolución.
LA SECRETARIA,
NANCY USECHE.
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