REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. EN SU NOMBRE, TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CARDENAS, GUASIMOS Y ANDRES BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. TÁRIBA, 26 DE ABRIL DEL 2022.-
212° y 163°
Oídas como han sido las declaraciones de los testigos, los Ciudadanos NELLY BEATRIZ PINZON PEÑALOZA, NIEVES DEL SAGRARIO CONTRERAS MORENO y CONSUELO MARGARITA PINZON PEÑALOZA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédula de identidad números V-2.893.190, V-9.126.181 y V-3.998.392, en su orden, quienes declararon afirmativamente al interrogatorio a que fueron sometidos, y, visto el escrito presentado por la Ciudadana: BELKYS YANIRA ORTIZ DE SANCHEZ venezolana, mayor de edad, viuda, titular de la cédula de identidad Número Nº V-4.000.564, domiciliada en la calle 8 casa N° 2-13 de la ciudad de Táriba, Municipio Cárdenas estado Táchira, asistida por la abogada en ejercicio LYNDA MILAGROS VIVAS HADGIALY venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 11.497.611, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 89.947, en el cual expone que el día DIECISEIS (16) DE FEBRERO DE 2.022, falleció quien fuera su cónyuge el Ciudadano: TIRSO ALECXI SANCHEZ VELAZCO quien era Venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad N° V-3.623.878, según como se evidencia de Acta de Defunción Nº 056, de fecha 17 de FEBRERO del 2022, expedida por la Comisión de Registro Civil y Electoral del Municipio Cárdenas del Estado Táchira, según certificación de defunción S/N de fecha 02-03-2022, expedida por la Abg. Ruth Jiménez Daza en su carácter de Directora del Registro Civil del Municipio Cárdenas. En Consecuencia, este TRIBUNAL ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA LAS PRESENTES DILIGENCIAS BASTANTES Y SUFICIENTES PARA ASEGURARLE A LOS CIUDADANOS: BELKYS YANIRA ORTIZ DE SANCHEZ, Venezolana, viuda, titular de la cédula de identidad N° V 4.000.564; ALECXI JOSE SANCHEZ ORTIZ Venezolano, soltero, titular de la cedula de identidad V 13.147.679; ALECXI EMILIO SANCHEZ ORTIZ Venezolano, soltero, titular de la cedula de identidad V-13.891.334; ELIANA YANIRA SANCHEZ ORTIZ , Venezolana, soltera, titular de la cédula de identidad N° V-15.242.933, y PABLO EMILIO SANCHEZ ORTIZ venezolano, soltero, titular de la cedula de identidad V-16.983.599, cónyuge e hijos(a) en su orden, en su carácter de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante TIRSO ALECXI SANCHEZ VELAZCO, de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, se deja a salvo todo derecho de terceros.
Déjese copia certificada de las actuaciones para el archivo del Tribunal, devuélvase los originales de las mismas al interesado a los fines legales y expídanse las copias certificadas solicitadas.
Abg. HEILIN CAROLINA PAEZ DAZA
JUEZ SUPLENTE
ABG. WUENDY MONCADA
La SECRETARIA
En la misma fecha dictó y publicó la anterior decisión siendo las nueve de la mañana (09: a.m.), quedando registrada bajo el N° 100 y se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.
ABG. WUENDY MONCADA
LA SECRETARIA

Solicitud Nº 8938-2022
HCPD/Wm/yn.-