REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MICHELENA Y LOBATERA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. MICHELENA, VEINTISÉIS DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL VEINTIDÓS (26-04-2022).
211° y 163°
Recibida la solicitud de Homologación De Convenimiento, constante de tres (03) folios útiles y anexos constante de siete (07) folios útiles. Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente. Admítase cuanto a lugar en derecho la anterior solicitud, conforme a lo pautado en la Resolución N° 2009-0006 publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela el día dos (02) de abril de 2009. Vista la solicitud contentiva de HOMOLOGACIÓN DE CONVENIMIENTO DE RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO PRIVADO, hecha por los ciudadanos SANDRA LILIANA GUZMÁN YATE, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad No. V-22.673.865, divorciada, de este domicilio y civilmente hábil, y MARWUIN WOLMAR CHACON CHACON, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad No. V-15.353.304, soltero, de este domicilio y civilmente hábil, asistidos en este acto por la abogado MARIE MARCELLE MALDONADO DUARTE, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 76.461. En consecuencia y por cuanto han convenido de mutuo y amistoso acuerdo EN HOMOLOGAR EL CONVENIMIENTO DE RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO de fecha 12 de enero de 2022, inserto en el folio número cinco (05), consistente sobre la venta un inmueble consistente en RESTO de un lote de terreno propio Ubicado en: la Carrera 6, Michelena, Municipio Michelena del estado Táchira, comprendido dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE, colinda con Clevis medina de Chacón, mide seis metros con ochenta centímetros (6,80 m.). SUR, colinda con Luis Fernando Guzmán Yate, mide seis metros con ochenta centímetros (6,80 m.). ESTE: con la Carrera 6, mide tres metros con veinte centímetros (3.20 m.); OESTE, colinda con Luis Fernando Guzmán Yate, mide tres metros con veinte centímetros (3.20 m.). El área del lote de terreno es de veintiún metros cuadrados con setenta y seis centímetros cuadrados. (21.76 m2). Este lote de terreno es el resto de lo que me pertenece tal y como consta documento registrado en la Oficina de Registro Público del Municipio Michelena del estado Táchira, anotado bajo el No. 2009.1126, Asiento registral 1 del inmueble matriculado con el No. 436.18.13.1.374 y correspondiente al Libro de Folio Real del año 2009, de fecha 27 de Mayo de 2009. Traspasándole al ciudadano MARWUIN WOLMAR CHACON CHACON, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad No. V-15.353.304, soltero, de este domicilio y civilmente hábil, la plena propiedad, posesión y dominio de los inmuebles cedidos, con sus usos costumbres y libre de gravamen. Y la ciudadana SANDRA LILIANA GUZMAN YATE, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad No. V-22.673.865, divorciada, de este domicilio y civilmente hábil, reconoce en todas y cada una de sus partes el documento aquí citado, así como también su firma. La ciudadana Juez procede a HOMOLOGAR EL CONVENIMIENTO DE RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO PRIVADO de conformidad con lo establecido en el Artículo 898 del Código de Procedimiento Civil.
Igualmente, expídase por secretaría copias certificadas del escrito de solicitud y del presente auto, de conformidad con lo previsto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.

Abg. Alicia Katherine Cárdenas de López
Juez Temporal
Abg. Yuliana Porras Rivas
La Secretaria…………..
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior y se inventario en el libro de solicitudes bajo el No. 2483-2022.
Abg. Yuliana Porras Rivas
La Secretaria …………..