REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE ESTADO LA GUAIRA

SOLICITUD: WP12-S-2022-000600
SOLICITANTES: MARIA MARICELA MORON DE SANCHEZ
ABOGADO ASISTENTE: CARDENAS MAGNO, IPSA N° 263.662.
MOTIVO: ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS

Vista la solicitud formulada por la ciudadana MARIA MARICELA MORON DE SANCHEZ, titular de la cedula de Identidad N° V- 5.760.456, asistida de abogado, mediante la cual solicitó se les declare como Único y Universal Heredero, respecto al de-cujus SANCHEZ MORON ROBERT ALEXANDER ex titular de la cédula de Identidad N°. V-13.926.062, fallecido en fecha diez (10) de septiembre del año dos mil veintiuno (2021), según consta en el Acta de Defunción N° 226 tomo 6, de fecha once (11) de septiembre de dos mil veintiuno (2021), la cual corre inserta en los libros que reposan en los archivos de la Unidad de Registro Civil de la Parroquia Maiquetía, Municipio Vargas, del Estado La Guaira. Asimismo, evacuadas las documentales y las testimoniales promovidas el Tribunal las aprecia en todo su valor probatorio, siendo en consecuencia procedente reconocer el derecho de la solicitante por lo que nada obsta para que éste Tribunal declare ÚNICO Y UNIVERSAL HEREDERO a la ciudadana MARIA MARICELA MORON DE SANCHEZ, titular de la cédula de Identidad Nros. V- 5.760.456, con respecto al de-cujus SANCHEZ MORON ROBERT ALEXANDER, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros. Expídanse las copias que solicite la parte solicitante.-
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el copiador de sentencias llevado por este Tribunal.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Civil, Mercantil y del Tránsito del estado Vargas, en Maiquetía, a los diez (10) días del mes de agosto del año dos mil veintidós (2022).-AÑOS. 212° de la Independencia y 163º de la Federación.-
EL JUEZ,
ALEXANDR CASTILLO ARAUJO
LA SECRETARIA,
EYLEN VILORIA
En esta misma fecha, siendo las diez (10:00 am) horas de mañana, se registró y publicó la anterior decisión.
LA SECRETARIA

EYLEN VILORIA


ACA/EVyelitze.-