REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR PRIMERO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO, TRABAJO Y PROTECCIÓN DEL ADOLESCEN
JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. SAN CRISTÓBAL, CATORCE DE DICIEMBRE DE DOS MIL VEINTIDOS.-
212° y 163°
Vista la diligencia de fecha 9 de diciembre de 2022, presentada personalmente por su firmante abogada GISELA SANTOS DE DURAN, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 118.912, actuando con el carácter de coapoderada judicial de la parte demandante ciudadanos ROSA ALBINA CARDENAS DE HERNANDEZ, CHARLES JACKSON CONTRERAS CARDENAS, CARLA GISELA CONTRERAS CARDENAS, BELKIS ZULAY HERNANDEZ CARDENAS, FRANKLYN REINALDO HERNANDEZ CARDENAS, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-4.205.255, V-16.981.335, V-16.981.386, V-13.146.265, V-10.178.170, V-10.178.168, V-10.178.169 en su orden; en la que desiste del recurso de apelación interpuesto contra la decisión dictada por el Juzgado de Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, de fecha 21 de noviembre de 2022, este Tribunal Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, en virtud de que el mismo no es contrario al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa en la ley, da por consumado el desistimiento del recurso de apelación manifestado y así formalmente se decide.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la misma, según lo preceptuado en Resolución número 2016-0021 de fecha 14 de diciembre de 2016 de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, remítase el expediente al Tribunal correspondiente.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil del Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, en el Edificio Nacional de la ciudad de San Cristóbal, a los catorce días del mes de diciembre del año dos mil veintidós. Años 212° de la Independencia y 163° de la Federación.
La Juez,
Abg. Rosa Mireya Castillo Quiroz
La Secretaria,
Abg. Mirley Rosario Colmenares de Mora
En la misma fecha y previa las formalidades legales se dictó y publicó la anterior decisión, siendo las once y treinta (11:30 a.m.) de la mañana, dejándose copia de la misma para el archivo del Tribunal. Se remitió el presente expediente al Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, constante de veinticinco (25) folios útiles, con oficio número 0530-158.
Exp. N° 7958
Mirley