REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS, DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ESTADO LA GUAIRA
ASUNTO: WP12-S-2021-000779
SOLICITANTE: SHARON BETSABETH LUNA ALCALA.
APODERADO JUDICIAL: SANTIAGO JUAREZ, IPSA N°152.416.
MOTIVO: DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS
Vista la solicitud formulada por la ciudadana SHARON BETSABETH LUNA ALCALA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-10.796.550, asistida de abogado, mediante la cual solicito se le declare Única y Universal Heredera respecto al De-Cujus EDGAR RAFAEL LUNA SILVA, ex titular de la identidad N° V-4.115.924, fallecido en la fecha 20 de Septiembre de 2020, según acta de defunción N°1698, Folio N°198, Tomo 7 de fecha 21 de Septiembre de 2020, la cual corre inserta en los libros que reposan en los archivos de la Unidad de Registro Civil de la Parroquia Maiquetía, Municipio Vargas del Estado La Guaira. Asimismo, evacuadas las documentales y testimoniales promovidas, el Tribunal las aprecia en todo su valor probatorio, siendo en consecuencia procedente reconocer el derecho de la solicitante, por lo que nada obsta para que este Tribunal declare UNICA Y UNIVERSAL HEREDERA a la ciudadana SHARON BETSABETH LUNA ALCALA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-10.796.550, respecto al De-Cujus EDGAR RAFAEL LUNA SILVA, ex titular de la identidad N° V-4.115.924, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros. Expídanse las copias que solicite la parte interesada.-
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el copiador de sentencias llevados por este Tribunal.
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado La Guaira, en Maiquetía a los seis (06) días del mes de Diciembre del año dos mil veintidós (2022). Años 212° de la independencia y 163° de federación.-
LA JUEZ,
MAGLI GONCALVES.
LA SECRETARIA,
NANCY USECHE.
En esta misma fecha, siendo las once y siete antes meridiem (11:07 A.M.), se registro y publicó la anterior decisión.
LA SECRETARIA,
NANCY USECHE.
MG/NU
|