REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEXTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ESTADO LA GUAIRA
ASUNTO: WP12-S-2021-000789
SOLICITANTE: DOLLYS COROMOTO QUEZADA LAYA.
MOTIVO: TÍTULO SUPLETORIO
Concluido como ha sido el trámite inherente a la presente solicitud, presentada por la ciudadana DOLLYS COROMOTO QUEZADA LAYA, Venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-6.479.920, debidamente asistida por el abogado JAVIER PARRA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 168.914, mediante la cual solicitó le fuese decretado TÍTULO SUPLETORIO sobre una casa de dos niveles de altura de su propiedad, edificadas a sus solas y únicas expensas, la cual les pertenece según consta de documento emitido por el Tribunal Cuarto De Municipio Ordinario Y Ejecutor De Medidas Del Circuito Judicial Civil, Mercantil Y Del Transito De La Circunscripción Judicial Del Estado La Guaira, de fecha veintiséis (26) del mes de abril de 2019. cuyos linderos, medidas y formas de construcción se encuentran plenamente especificados en el escrito de solicitud; y vistas las probanzas aportadas y analizadas se evidencia que el terreno donde se encuentran construidas las bienhechurías descritas es propiedad del ciudadano antes mencionado, por lo que habiendo constancia en autos de los respectivos documentos, cuyo contenido se adminicula a las declaraciones de los testigos presentados por la solicitante, quienes fueron contestes al afirmar que conocen al mismo y les consta la existencia y construcción de tales mejoras de bienhechurías, nada obsta para que éste Tribunal declare TÍTULO SUPLETORIO sobre mejoras de bienhechurías, a favor de la ciudadana DOLLYS COROMOTO QUEZADA LAYA, Venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-6.479.920, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión el copiador de sentencias llevado por este Tribunal.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Civil, Mercantil y del Tránsito del estado La Guaira, en Maiquetía, a los veintiocho (28) días del mes de Enero de dos mil Veintiuno (2022).
LA JUEZ,

DENICE DEL CARMEN PINTO BLANCO
EL SECRETARIO,

JHONNY SANTOS

En la misma fecha siendo las 11:30am, se publicó y registro la anterior sentencia.-
EL SECRETARIO,

JHONNY SANTOS