REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL CIRCUITO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LA GUAIRA
ASUNTO: WP12-S-2021-000149
SOLICITANTE: MARIELA RUTH SALAZAR MARCANO
ABOGADO ASISTENTE: OMAR ARTURO SULBARÁN DÁVILA, IPSA N° 32.419
MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS
Vista la solicitud formulada por la ciudadana, MARIELA RUTH SALAZAR MARCANO, asistida de abogado, mediante la cual solicitó se le declare ella, a su madre, ciudadana, MARÍA JESÚS MARCANO DE SALAZAR, y a sus hermanos, ciudadanos, GABRIEL SALAZAR MARCANO, LUIS JULIÁN SALAZAR MARCANO, ESTHER MARÍA SALAZAR MARCANO, LOIDA LEONOR SALAZAR DE CARABALLO, PRISCILA MARIA SALAZAR DE BETANCOURT y JEMIMA SALAZAR MARCANO, Únicos y Universales Herederos, respecto al de-cujus LUIS RAFAEL SALAZAR, quien en vida fuera portador de la cédula de Identidad N° V-1.449.168, fallecido en fecha 28/11/2020, según Acta de Defunción N° 2066, de fecha 29/11/2020, la cual corre inserta en los libros que reposan en los archivos en la Unidad de Registro Civil de la Parroquia Maiquetía, Municipio Vargas del Estado La Guaira. Asimismo, evacuadas las documentales y las testimoniales promovidas el Tribunal las aprecia en todo su valor probatorio, siendo en consecuencia procedente reconocer el derecho de los solicitantes por lo que nada obsta para que éste Tribunal declare ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos, MARÍA JESÚS MARCANO DE SALAZAR, MARIELA RUTH SALAZAR MARCANO, GABRIEL SALAZAR MARCANO, LUIS JULIÁN SALAZAR MARCANO, ESTHER MARÍA SALAZAR MARCANO, LOIDA LEONOR SALAZAR DE CARABALLO, PRISCILA MARIA SALAZAR DE BETANCOURT y JEMIMA YUDITH SALAZAR MARCANO, titulares de las cédulas de Identidad Nros. V-6.472.270, V-9.994.713, V-11.055.455, V-11.064.455, V-11.641.510, V-11.641.507, V-11.641.506 y V-13.223.860, respectivamente, con respecto al de-cujus LUIS RAFAEL SALAZAR, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros.
Expídanse las copias que solicite la parte solicitante.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el copiador de sentencias llevado por este Tribunal.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito del estado La Guaira, en Maiquetía, a los nueve (09) días del mes de Febrero de dos mil veintidós (2022). AÑOS. 211° de la Independencia y 162º de la Federación.-
LA JUEZ,
CECILIA M. HERRERA HERNÁNDEZ
LA SECRETARIA,
GENESIS CERVANTES
En la misma fecha siendo las once y cinco (11:05 a.m.) se publicó y registro la anterior sentencia.-
LA SECRETARIA,
GENESIS CERVANTES
CMHH/GC/Dioni.-
|