JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA.
San Cristóbal, 15 de julio de 2022.
212º y 163º
Vista la diligencia de fecha 12 de mayo del año 2021, inserta en el folio (06 del cuaderno de medidas), presentada por la demandante ciudadana, CARMEN ALICIA CASTRO DE AÑEZ, apoderada en este acto por el abogado JOSÉ MARCELINO SANCHEZ VARGAS, con Inpreabogado Nº 31.082, manifestando que: En razón de que los intimados han pagado cabal e íntegramente el monto de la obligación demandada, …, por lo que pide muy respetuosamente lo siguiente; PRIMERO: Que acuerde mediante auto al efecto de LEVANTAMIENTO DE MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR, que pesa sobre el inmueble suficientemente descrito por su ubicación, áreas, linderos, medidas y datos de registro y /o Protocolización a las cuales se refiere al oficio Nº. 56 de fecha 26 de febrero de 2020, inserto en el folio (3 y 4 del Cuaderno de Medidas) SEGUNDO: Que mediante auto se le entregue a los ciudadanos GREGORIO BAUTISTA PEREZ ZAMBRANO e IRENE VICTORIA MYKOO LOPEZ, la LETRA DE CAMBIO, que constituye el instrumento fundamental de la presente acción, inserto en el folio (11 del cuaderno Principal), incorporándose en su lugar copia fotostática debidamente certificada. Cumplida así la obligación, en tal virtud; este Tribunal, de conformidad con lo previsto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, da por consumado el CONVENIMIENTO y le otorga el Carácter de Sentencia Pasada en Autoridad de Cosa Juzgada. Una vez quede firme la presente decisión, se ordena levantar las medidas cautelares decretadas en fecha 26-02-2020, tal como se evidencia en los folios 1 y 2 del Cuaderno de Medidas, así como también el desglose del título valor inserta al folio 11 del Cuaderno Principal.
Publíquese, regístrese y déjese copia para el archivo del Tribunal.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en San Cristóbal, 15 de julio de 2022, Años 212° de la Independencia y 163° de la Federación.
Abg. José Agustín Pérez Villamizar
Juez Provisorio Abg. Roland Delgado
Secretario (A)
JAPV/zeud.-
Exp Nro. 23030-20
En la misma fecha y previa las formalidades legales se dictó y publicó la anterior decisión, siendo las Diez de la Mañana (10:00 a.m.), dejándose copia certificada de la misma para el archivo del Tribunal.
Abg. Roland Delgado
Secretario (A)
|