República Bolivariana de Venezuela
En su nombre:
Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de medidas de los Municipios
Cárdenas, Guásimos y Andrés Bello
de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira
Exp. 9780-2022
Demandantes: EFREN ELOY MENDOZA URBINA, OSMAR APOLINAR SUAREZ, DORIS CENAIDA SILVA DE GUERRA venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad N° V- 11.496.360, V- 4.629.328 y V- 3.999.645, de este domicilio y hábil civilmente.
Demandados: NORA VALDERRAMA, SANDY CASTILLO, GLENDDY JAZMIN RUIZ DAZA, NEWMAN OMAR CUELLAR SAYAGO, MARIA OMAIRA GUERRERO, AXEL GABRIEL URIBE CORONA venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V- 5.791.548, V- 18.566.943, V- 13.972.649, V- 13.918.537, V- 9.125.255 y V- 17.932.186, de este domicilio y hábil civilmente.
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Motivo: NULIDAD DE ACTA DE ASAMBLEA DE CONDOMINIO.
I
ANTECEDENTES
PIEZA I
Se recibió libelo de demanda por Nulidad de Acta de Asamblea de Condominio constante de Siete (07) folios útiles y recaudos anexos constantes de Setenta (70) folios útiles. (f. 01 al 77)
Admitida como fue la demanda en fecha 16 de Junio de 2022, en la misma fecha se insta a la parte actora a suministrar los fotostatos del libelo de demanda y del auto de admisión a los fines de su certificación y elaboración de las respectivas boletas de citación a las partes demandadas ciudadanos NORA VALDERRAMA, SANDY CASTILLO, GLENDDY JAZMIN RUIZ DAZA, NEWMAN OMAR CUELLAR SAYAGO, MARIA OMAIRA GUERRERO, AXEL GABRIEL URIBE CORONA (f. 78)
En fecha 16 de Junio de 2022 se libro boletas de citación a las partes demandadas ciudadanos NORA VALDERRAMA, SANDY CASTILLO, GLENDDY JAZMIN RUIZ DAZA, NEWMAN OMAR CUELLAR SAYAGO, MARIA OMAIRA GUERRERO, AXEL GABRIEL URIBE CORONA (f. 78)
En fecha de 28 de Junio de 2022 compareció el alguacil del tribunal y estampa diligencia consignando boletas de citación debidamente firmadas por la parte demandada ciudadanos SANDY CASTILLO, NEWMAN OMAR CUELLAR SAYAGO, AXEL GABRIEL URIBE CORONA, GLENDDY JAZMIN RUIZ DAZA y NORA VALDERRAMA, (f.82 al 87)
En fecha 12 de Julio de 2022 en auto de la misma fecha se acuerda librar nuevamente las boletas de citación a los demandados ciudadanos NORA VALDERRAMA, SANDY CASTILLO, GLENDDY JAZMIN RUIZ DAZA, NEWMAN OMAR CUELLAR SAYAGO, MARIA OMAIRA GUERRERO, AXEL GABRIEL URIBE CORONA, ya que en las boletas de citación libradas el auto de admisión de fecha 16 de Junio del 2022 se incurrió en un error material involuntario al señalar veinte días de despacho para la contestación de la demanda, cuando lo correcto son dos días una vez que conste en autos la ultima citación de los demandados, por lo tanto se dejan sin efecto las boletas de citación libradas en esa fecha. (f. 88 al 91)
En fecha de 30 de Junio de 2022 compareció el alguacil del tribunal y estampa diligencia consignando boleta de citación debidamente firmada por la parte demandada ciudadana NORA VALDERRAMA, (f.92 y 93)
En fecha de 11 de Julio de 2022 compareció el alguacil del tribunal y estampa diligencia consignando boleta de citación debidamente firmada por la parte demandada ciudadano NEWMAN OMAR CUELLAR SAYAGO, (f.94 y 95)
En fecha de 12 de Julio de 2022 compareció el alguacil del tribunal y estampa diligencia consignando boletas de citación debidamente firmadas por la parte demandada ciudadanos SANDY CASTILLO, AXEL GABRIEL URIBE CORONA y MARIA OMAIRA GUERRERO (f.96 al 99)
En fecha 12 de Julio de 2012 comparecierón los demandados ciudadanos NORA VALDERRAMA, SANDY CASTILLO, NEWMAN OMAR CUELLAR SAYAGO, MARIA OMAIRA GUERRERO, AXEL GABRIEL URIBE CORONA debidamente asistidos por los abogados en ejercicio YOSMARY ADELIANI GUERRERO GUERRERO y SIXTO ALBERTO FERNANDEZ GARCIA inscritos en el I.P.S.A bajo los N° 157.584 y N° 186.150 consignan escrito confiriendo PODER APUD ACTA a los abogados ut supra (f.100 al 103).
En fecha de 13 de Julio de 2022 compareció el alguacil del tribunal y estampa diligencia consignando boleta de citación debidamente firmada por la parte demandada ciudadana GLENDDY JAZMIN RUIZ DAZA, (f.104 y 105)
En fecha 13 de Julio de 2012 compareció la demandada ciudadana GLENDDY JAZMIN RUIZ DAZA debidamente asistida por los abogados en ejercicio YOSMARY ADELIANI GUERRERO GUERRERO y SIXTO ALBERTO FERNANDEZ GARCIA inscritos en el I.P.S.A bajo los N° 157.584 y N° 186.150 consigna escrito confiriendo PODER APUD ACTA a los abogados ut supra (f.106 al 107).
En fecha 13 de Julio de 2012 comparecieron los abogados en ejercicio YOSMARY ADELIANI GUERRERO GUERRERO y SIXTO ALBERTO FERNANDEZ GARCIA inscritos en el I.P.S.A bajo los N° 157.584 y N° 186.150, apoderados de la parte demandada ciudadanos NORA VALDERRAMA, SANDY CASTILLO, GLENDDY JAZMIN RUIZ DAZA, NEWMAN OMAR CUELLAR SAYAGO, MARIA OMAIRA GUERRERO, AXEL GABRIEL URIBE CORONA. Consignan escrito de contestación a la demanda constante de Once (11) folios Útiles y sus anexos constantes en Nueve (09) folios Útiles (f.108 al 127)
En fecha 21 de Julio de 2012 comparecieron los abogados en ejercicio YOSMARY ADELIANI GUERRERO GUERRERO y SIXTO ALBERTO FERNANDEZ GARCIA inscritos en el I.P.S.A bajo los N° 157.584 y N° 186.150, apoderados de la parte demandada ciudadanos NORA VALDERRAMA, SANDY CASTILLO, GLENDDY JAZMIN RUIZ DAZA, NEWMAN OMAR CUELLAR SAYAGO, MARIA OMAIRA GUERRERO, AXEL GABRIEL URIBE CORONA. Consignan escrito de Promoción de Pruebas constante de Cuatro (04) folios Útiles y sus anexos constantes en Veintiocho (28) folios Útiles (f.128 al 159)
II
ALEGATOS DE LAS PARTES
2.1.- ALEGATOS Y FUNDAMENTOS DE LA PRETENSIÓN DE LA PARTE DEMANDANTE:
2.2.- ALEGATOS DE LA PARTE DEMANDADA EN LA CONTESTACIÓN DE LA DEMANDA:
III
MOTIVACIONES PARA DECIDIR
ESTABLECER LOS HECHOS CONTROVERTIDOS
PRUEBAS
3.1.- Del demandante:
1.-
3.2.- Del demandado.-
1.- Copia simple de la Notificación al ciudadano Efren Eloy Mendoza Urbina para que entregará el Libro de Actas, que se encuentra en su poder a la nueva Junta de Condominio, elegida el 21 de Marzo del 2022 y ratificada el 10 de Abril del año en curso.
2.- Copia simple de la Denuncia formal ante la Policía Municipal de Cárdenas al ciudadano Efren Eloy Mendoza Urbina en fecha 01 de Junio del 2022.
3.- Copia simple de la Relación de pagos de condominio correspondiente al mes de marzo 2022, entregada por parte del ciudadano Efren Eloy Mendoza Urbina en fecha 15 de Abril de 2022 a la ciudadana Administradora Glenddy Jazmin Ruiz Daza
4.- Copias simple de Actas de Asamblea donde se han elegido juntas de condominios de periodos anteriores protocolizadas ante el Registro Público de los Municipios Cárdenas Guásimos y Andrés Bello del estado Táchira.
5.- Memoria fotográfica de las fachadas internas y externas, áreas comunes y ascensor del Edificio Torre Charaveca
6.- Copia Simple del comunicado emitido por la ciudadana Raquel Godoy en fecha 17 de Enero de 2022, publicado en la cartelera del edificio.
7.- Copia Simple del comunicado emitido por la ciudadana Raquel Godoy en fecha 08 de Marzo de 2022, publicado en la cartelera del edificio.
IV
DISPOSITIVA
Es por todo lo anteriormente expuesto, que este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Cárdenas, Guásimos y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, decide:
PRIMERO: CON LUGAR, .
SEGUNDO:
TERCERO:
CUARTO: por la naturaleza de la decisión, no hay condenatoria en costas.
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada conforme lo dispone el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil y en su oportunidad legal, bájese el expediente.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Cárdenas, Guásimos y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, Táriba, a los 28 días de abril del año 2017. Años 207º de la Independencia y 158º de la Federación.
La Juez Suplente,
Abg. Heilin Carolina Páez Daza
La Secretaria,
Abg. Wuendy Moncada
En la misma fecha, siendo las dos de la tarde (02:00 p.m.) se publicó la anterior decisión y se dejó copia fotostática certificada de la misma para el archivo del Tribunal.
HCPD/Wm/yn.-
Exp. Nº 9780-2022
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