REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS, DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LA GUAIRA
212º y 163º

ASUNTO: WP12-S-2022-000640
SOLICITANTE: JOSE FRANCISCO MALAVE ALVARADO.
ABOGADO ASISTENTE: MARIA MILAGRO ALVARADO, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 153.560.
MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.

Vista la solicitud formulada por el ciudadano JOSE FRANCISCO MALAVE ALVARADO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V-6.488.298, debidamente asistido de abogado, mediante la cual solicita se le declare, a el y su hija FABIOLA PATRICIA MALAVE CASTELLANOS, Únicos y Universales Herederos respecto a la de-cujus CLAUDIA PATRICIA CASTELLANOS BARRIENTOS, ex titular de la cédula de identidad N° V-6.302.771, fallecida el veintitrés (23) de Junio de dos mil veintidós (2022), la cual corre inserta en los libros que reposan en los archivos de la Unidad de Registro Civil, Parroquia La Guaira, Municipio Vargas, Estado La Guaira. Evacuadas las documentales y testimoniales promovidas, el Tribunal las aprecia en todo su valor probatorio, siendo en consecuencia procedente reconocer el derecho del solicitante, por lo que nada obsta para que este Tribunal declare UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos JOSE FRANCISCO MALAVE ALVARADO y FABIOLA PATRICIA MALAVE CASTELLANOS, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-6.488.298 y V-26.763.644, respectivamente, respecto a la de-cujus CLAUDIA PATRICIA CASTELLANOS BARRIENTOS, ex titular de la cédula de identidad N° V-6.302.771, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del código de procedimiento civil, dejando a salvo los derechos de terceros.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el copiador de sentencias llevados por este Tribunal. Asimismo, se acuerda la expedición de las copias certificadas solicitadas.-
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado La Guaira, en Maiquetía a los veintisiete (27) días del mes de Julio del año dos mil veintidós (2022).
EL JUEZ,

ALEXANDER CASTILLO ARAUJO. LA SECRETARIA,

EYLEN VILORIA.
En esta misma fecha, siendo las once (11:00am) horas de la mañana se registró y publicó la anterior resolución.
LA SECRETARIA,

EYLEN VILORIA.
ACA/EV/Jcvs.