REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS, DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LA GUAIRA
212º y 163º

ASUNTO: WP12-S-2022-000602
SOLICITANTE: ISMERIS MARIA REQUENA GONZALEZ.
ABOGADO ASISTENTE: THAMARA BRICEÑO YARI, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 262.859.
MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.

Vista la solicitud formulada por la ciudadana ISMERIS MARIA REQUENA GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V-5.218.256, debidamente asistido de abogado, mediante la cual solicita se le declare, a ella y su hijo OMAR GABRIEL FUENTES MESSINESE, titular de la cédula de identidad N° V-17.975.534, Únicos y Universales Herederos respecto a la de-cujus OMAR GABRIEL FUENTES, ex titular de la cédula de identidad N° V-4.167.825, fallecido el trece (13) de agosto de dos mil veintiuno (2021), el cual corre inserta en los libros que reposan en los archivos de la Unidad de Registro Civil, Parroquia La Guaira, Municipio Vargas, Estado La Guaira. Evacuadas las documentales y testimoniales promovidas, el Tribunal las aprecia en todo su valor probatorio, siendo en consecuencia procedente reconocer el derecho de los solicitantes, por lo que nada obsta para que este Tribunal declare UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos ISMERIS MARIA REQUENA GONZALEZ y OMAR GABRIEL FUENTES MESSINESE, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-5.218.256 y V-17.975.534, respectivamente, respecto al de-cujus OMAR GABRIEL FUENTES, ex titular de la cédula de identidad N° V-4.167.825, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del código de procedimiento civil, dejando a salvo los derechos de terceros.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el copiador de sentencias llevados por este Tribunal. Asimismo, se acuerda la expedición de las copias certificadas solicitadas.-
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado La Guaira, en Maiquetía a los veintinueve (29) días del mes de Julio del año dos mil veintidós (2022).
EL JUEZ,

ALEXANDER CASTILLO ARAUJO. LA SECRETARIA,

EYLEN VILORIA.
En esta misma fecha, siendo las once (11:00am) horas de la mañana se registró y publicó la anterior resolución.
LA SECRETARIA,

EYLEN VILORIA.
ACA/EV/Jcvs.