TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, 30 de junio de 2022.
212º y 163º
De la revisión de las actas que conforman la presente solicitud, se evidencia que no hay actuaciones pendientes por providenciar; en consecuencia, se acuerda devolver la presente al solicitante y dejar en su lugar copia certificada de la totalidad de las actas que conforman la presente solicitud para el archivo de este Tribunal, a costas del mismo, de igual manera se deja constancia que dicha solicitud no consta de fotografías por que la parte solicitante no cancelo los honorarios profesionales, a la experta fotográfico de conformidad con los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, cúmplase.
LA JUEZ.
Abg. CRISTINA GRACIELA MUÑOZ CACERES.
EL SECRETARIO.
Abg. NIXON ALEJANDRO RODRIGUEZ CONTRERAS.
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.
EL SECRETARIO
CGMC/Mc.
Sol. N° 1246