En el día hábil de hoy, miércoles nueve (09) de marzo de 2022, siendo las diez de la mañana (10:00 AM), oportunidad fijada para la continuación de la Audiencia Preliminar, comparecen a la misma, el ciudadano GUILLERMO GARCIA, titular de la cédula de identidad No. V- 3.070.006, asistido de la abogada GIOMAR NEREIDA VARGAS PERNIA, titular de la cédula No. V- 12.631.970, Inpreabogado N° 83.157, por una parte y por la otra las Abogadas en ejercicio MARIANA MARGARITA NUÑEZ PEÑA, Inpreabogado N° 144.454 y DAISY EVELIN FERNANDEZ LABRADOR, Inpreabogado N° 111.006, actuando en su condición de co-apoderadas de la parte demandada, la SOCIEDAD CIVIL MABEA. Se inicia la prolongación, se promueve el diálogo entre las partes sobre los puntos de hecho y de derecho, lográndose la siguiente mediación sobre los conceptos demandados: La parte demandada ofrece en este acto la cantidad de SETECIENTOS CINCUENTA MIL (750.000,00) PESOS COLOMBIANOS, y el trabajador acepta la propuesta de pago y da por cancelado los montos adeudados por la relación laboral. Declara el trabajador recibir en este acto la cantidad ofrecida. En el presente arreglo, las partes manifiestan que quedan en un todo conforme y declaran que nada quedan a deberse, por concepto de prestaciones sociales y otros derechos laborales, ni por ningún otro concepto derivado del mismo
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