TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, 08 de MARZO de 2022.
212º y 163º
De la revisión de las actas que conforman la presente solicitud, se evidencia que POR SOLICITUD el día de la Inspección los solicitantes que manifestaron que consignarían inventario de los objetos que se encontraban dentro de dicho local por ante este tribunal Quinto De municipio Ordinario y Ejecutor De Medidas dos días de despacho para, la Cual venciéndose Dicho lapso de (02) Dos Días; el tribunal dejan constancia de que no se realizo dicha consignación; y no hay actuaciones pendientes por providenciar; en consecuencia, se acuerda devolver la presente al solicitante y dejar en su lugar copia certificada de la totalidad de las actas que conforman la presente solicitud para el archivo de este Tribunal, a costas del mismo, de conformidad con los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, cúmplase.
EL JUEZ TEMPORAL,
Abg. WILMER ANTONIO COLMENARES SANCHEZ
EL SECRETARIO TEMPORAL,
Abg. NIXON ALEJANDRO RODRIGUEZ CONTRERAS.
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.
EL SECRETARIO
Sol. N° 1203-22
wacs/nixon.