REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MICHELENA Y LOBATERA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. MICHELENA, VEINTIDOS DE MARZO DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS (22-03-2022).
211° y 163°
Recibida la solicitud de Homologación De Convenimiento, constante de dos (02) folios útiles y anexos constante de cinco (05) folios útiles. Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente. Admítase cuanto a lugar en derecho la anterior solicitud, conforme a lo pautado en la Resolución N° 2009-0006 publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela el día dos (02) de abril de 2009. Vista la solicitud contentiva de HOMOLOGACIÓN DE CONVENIMIENTO DE RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO PRIVADO, hecha por los ciudadanos LUCIANA DEL ROCIO MORENO ROSALES, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad No. V-13.148.274, soltera, de este domicilio y civilmente hábil, ALEGNA JOSELINE ROSALES GARCIA, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad No. V-16.321.792, soltera, de este domicilio y civilmente hábil, y MARWUIN WOLMAR CHACÓN CHACÓN, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad No. V-15.353.304, soltero, de este domicilio y civilmente hábil, asistidos en este acto por la abogado MARIE MARCELLE MALDONADO DUARTE, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 76.461. En consecuencia y por cuanto han convenido de mutuo y amistoso acuerdo EN HOMOLOGAR EL CONVENIMIENTO DE RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO de fecha 10 de marzo de 2022, inserto en el folio número tres (03), consistente sobre la venta de un inmueble consistente en un terreno propio Ubicado en: La Cienaga, Aldea Machado, Municipio Michelena del estado Táchira, constituido por rastrojos y pastos naturales, comprendido dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE, mide nueve metros (9 m.), con la Carretera que conduce a Michelena El Zumbador. SUR, mide nueve metros (9 m.), con terreno de Yennifer Medina. ESTE: mide veinte metros (20 m.), con terreno que es o fue propiedad de Jesús Medina Chávez; OESTE, mide veinte metros (20 m.), con terreno propiedad de Yasmin Ramírez e Escalante y José Eduardo Escalante. Posee un área de ciento ochenta metros cuadrados (180 m2). Lo aquí descrito es lo que consta en documento registrado en la Oficina de Registro Público del Municipio Michelena del estado Táchira, anotado bajo el No. 2012.155, Asiento registral 1 del inmueble matriculado con el No. 436.18.13.1.1950 y correspondiente al Libro de Folio Real del año 2012, de fecha 23 de Abril de 2012. Traspasándole a la ciudadana ALEGNA JOSELINE ROSALES GARCIA, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad No. V-16.321.792, la plena propiedad, posesión y dominio del inmueble vendido, con sus usos costumbres y con Hipoteca Convencional de Primer Grado constituida a favor del ciudadano MARWUIN WOLMAR CHACON CHACON, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad No. V-15.353.304, soltero, de este domicilio y civilmente hábil. Y la ciudadana LUCIANA DEL ROCIO MORENO ROSALES, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad No. V-13.148.274, reconoce en todas y cada una de sus partes el documento aquí citado, así como también su firma. La ciudadana Juez procede a HOMOLOGAR EL CONVENIMIENTO DE RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO PRIVADO de conformidad con lo establecido en el Artículo 898 del Código de Procedimiento Civil.
Igualmente, expídase por secretaría copias certificadas del escrito de solicitud y del presente auto, de conformidad con lo previsto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.
Abg. Alicia Katherine Cárdenas de López
Juez Temporal
Abg. Yuliana Porras Rivas
La Secretaria…………..
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior y se inventario en el libro de solicitudes bajo el No. 2466-2022.
Abg. Yuliana Porras Rivas
La Secretaria ………
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