REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS, DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LA GUAIRA
Maiquetía, ocho (08) de Marzo de dos mil veintidós (2022)
211º y 163º
ASUNTO: WP12-S-2021-000858
SOLICITANTE: ROSANGEL JOSEFINA PEREZ MELEAN.
ABOGADO ASISTENTE: LUIS E. SOLORZANO LEON, IPSA N°11.720.
MOTIVO: DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS
Vista la solicitud formulada por la ciudadana ROSANGEL JOSEFINA PEREZ MELEAN, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad N° V- 10.582.973, asistida de abogado, mediante la cual solicito se le declare a ella y a su hijo YOELVIS GABRIEL REYES PEREZ, Únicos y Universales Herederos respecto al De-Cujus LEVI JOEL REYES VARGAS, ex titular de la identidad N° V-10.086.736, fallecido el 30 de Agosto de 2020,según acta de defunción N°3746, Tomo 15, Folio N°246 de fecha 31 de Agosto de 2020, la cual corre inserta en los libros de Registro Civil de la Parroquia El Hatillo, Municipio El Hatillo del Estado Miranda. Evacuadas las documentales y testimoniales promovidas, el Tribunal las aprecia en todo su valor probatorio, siendo en consecuencia procedente reconocer el derecho de la solicitante, por lo que nada obsta para que este Tribunal declare UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos ROSANGEL JOSEFINA PEREZ MELEAN Y YOELVIS GABRIEL REYES PEREZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cedulas de identidad Nros. V-10.582.973 y V- 27.318.448 respectivamente, respecto al De-Cujus LEVI JOEL REYES VARGAS, ex titular de la identidad N° V-10.086.736, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del código de procedimiento civil, dejando a salvo los derechos de terceros. Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el copiador de sentencias llevados por este Tribunal. Expídanse las copias que solicite la parte interesada.-
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado La Guaira, en Maiquetía a los ocho (08) días del mes de Marzo del año dos mil veintidós (2022). Años 211° de la independencia y 163° de federación.-
LA JUEZ
MAGLI GONCALVES.
LA SECRETARIA,
NANCY USECHE.
En esta misma fecha, siendo las doce y cinco meridiem (12:05 M.) se registro y publicó la anterior resolución.
LA SECRETARIA,
NANCY USECHE.
MG/NU
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