TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, 19 de mayo del 2022
212° y 163°
Vista la solicitud de Únicos y Universales Herederos que fuere presentada por el ciudadano, JOSE MARTIN GONZALEZ ROSALES, venezolano, mayor de edad, identificado con la cédula de identidad N° V-15.232.427, domiciliado en la ciudad de San Cristóbal, Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, asistido por la ciudadana, IRENE ESMERALDA MEDINA MEDINA, venezolana, identificada con la cédula de identidad N° V-10.583.123, abogada inscrito en el I.P.S.A bajo N° 308.644, la cual fue constante de tres (03) folios útiles con su vuelto y anexos constantes de trece (13) folios útiles, este Tribunal de Municipio procedió a escuchar la declaración testimonial de las ciudadanas, MARIA JOSE ROA CASTILLO y MARIA MAXIMINA CASTILLO, venezolanas, mayores de edad, identificadas con las cédulas de identidad N° V-30.296.992 y N° V-9.222.949, quienes fueron contestes al responder que conocieron a la ciudadana, GLADYS TERESA ROSALES DE GONZALEZ, quien falleció en fecha 26 de diciembre de 2021 y que en vida fue el esposa del ciudadano, JOSE OMAR GONZALEZ, y padre de los ciudadanos, JOSE MARTIN GONZALEZ ROSALES y GLADYS JOSEFINA GONZALEZ DE BARRAGAN, venezolanos, mayores de edad, identificados con las cédulas de identidad N° V-15.232.427 y N° V-10.165.115, y que sus Únicos y Universales Herederos son: JOSE MARTIN GONZALEZ ROSALES, GLADYS JOSEFINA GONZALEZ DE BARRAGAN, Y JOSE OMAR GONZALEZ, afirmaron que la ciudadana –hoy fallecida- estuvo domiciliada en la avenida rotaria, urbanización Simon bolívar, calle pedro roa González, municipio san Cristóbal, estado Táchira. Quien en vida fue abogada, y jubilada del tribunal supremo de justicia. La documentación presentada respecto a la cual se observa que adjuntaron a la solicitud los siguientes instrumentos:
1.- Corriendo inserto del folio N° 07 al N° 08 con su vuelto, se encuentra Copia Fotostática Certificada del Acta de Defunción de la ciudadana GLADYS TERESA ROSALES DE GONZALEZ, asentada con el N° 2865 de fecha 27 de diciembre de 2021, expedida por la Oficina de Registro Civil – Parroquia la concordia, del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, que para la fecha de su desaparición física, el de cujus dejó dos (02) hijos llamados, JOSE MARTIN GONZALEZ ROSALES y GLADYS JOSEFINA GONZALEZ DE BARRAGAN, ya identificados.
2.- Corriendo inserto del folio N° 10 al N° 12 se encuentra Copia Fotostática Certificada del Acta de Matrimonio N° 345 de fecha 19 de julio de 1980 levantada por el Juzgado Segundo de Municipios Urbanos de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, hoy Tribunal quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, expedida en fecha 03 de FEBRERO de 2022, por el referido Tribunal, en la cual se desprende que los ciudadanos GLADYS TERESA ROSALES DE GONZALEZ y JOSE OMAR GONZALEZ contrajeron matrimonio en fecha 19 de julio de 1980.
3.- Corriendo inserto al folio N° 13 se encuentra Copia Fotostática Certificada del Acta de Nacimiento del ciudadano, JOSE MARTIN GONZALEZ ROSALES, signada con el N° 743 de fecha 17 de mayo de 1980, expedida por la Oficina de Registro Civil – del municipio cárdenas, del Estado Táchira en fecha 19 de febrero de 2009.
4.- Corriendo inserto del folio N° 16 se encuentra Copia Fotostática Certificada del Acta de Nacimiento de la ciudadana, GLADYS JOSEFINA GONZALEZ DE BARRAGAN signada con el N° 3941 de fecha 06 de octubre de 1971, expedida por la prefectura de caracas, san Juan, en fecha 19 de febrero de 2006.
Asimismo, corren insertas al folio N° 04, 09 y 14, copias fotostáticas simples de las cédulas de identidad de los ciudadanos, JOSE MARTIN GONZALEZ ROSALES, JOSE OMAR GONZALEZ, GLADYS JOSEFINA GONZALEZ DE BARRAGAN.
Verificadas y analizadas las diligencias que anteceden, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en atención a lo preceptuado en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, DECLARA suficientes los recaudos consignados con la solicitud presentada para asegurarle a los ciudadanos: JOSE MARTIN GONZALEZ ROSALES y GLADYS JOSEFINA GONZALEZ DE BARRAGAN, JOSE OMAR GONZALEZ, venezolanos, mayores de edad, identificados con las cédulas de identidad N° V-15.232.427, N° V-10.165.115, y N° V-5.028.241, en su orden, el CARÁCTER DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus, GLADYS TERESA ROSALES DE GONZALEZ, quien en vida fuera venezolana, mayor de edad, identificada con la cédula de identidad N° V-3.078.365, fallecida en fecha 26 de diciembre de 2021, y que en vida fuera el cónyuge del ciudadano JOSE OMAR GONZALEZ, y padre de los ciudadanos, JOSE MARTIN GONZALEZ ROSALES y GLADYS JOSEFINA GONZALEZ DE BARRAGAN. Quedan a salvo los derechos de los terceros de acuerdo al artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.
Devuélvase los ejemplares originales de estas actuaciones, y déjese copia fotostática certificada para el archivo del Tribunal de conformidad con lo previsto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.
LA JUEZ,
Abg. CRISTINA G. MUÑOZ CACERES
EL SECRETARIO,
Abg. NIXON ALEJANDRO RODRÍGUEZ CONTRERAS
En la misma fecha se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal,
CGMC/MC
Sol. N° 1239-22
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