REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE ESTADO LA GUAIRA
212° y 163°
ASUNTO: WP12-S-2022-000352
SOLICITANTE: GLADYS MARINA ALARCON SUAREZ
ABOGADO ASISTENTE: NELLY MORENO, inscrita en el IPSA bajo el Nro. 111.228.
MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS
Concluido como ha sido el trámite inherente a la presente solicitud, presentada por la ciudadana, GLADYS MARINA ALARCON SUAREZ, asistida de abogado, mediante la cual solicitó se le declare como ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA, respecto de la De-Cujus GLADIS MARINA SUAREZ SOSA, quien en vida fuese titular de la cédula de identidad Nro., V-2.099.829, fallecida en fecha 24/04/2021, según consta en el Acta de Defunción Nro., 016, de fecha 26/04/2021, y asimismo, evacuadas las documentales y testimoniales promovidas, el Tribunal las aprecia en todo su valor probatorio, siendo en consecuencia procedente reconocer el derecho de la solicitante, por lo que nada obsta para que este Tribunal, declare como UNICA Y UNIVERSAL HEREDERA a la ciudadana, GLADYS MARINA ALARCON SUAREZ, venezolanos mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-6.333.078, con respecto de la De-Cujus GLADIS MARINA SUAREZ SOSA, quien en vida fuera titular de la cedula de identidad Nro. V-2.099.829, todo ello de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros. Expídase las copias certificadas solicitadas.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el copiador de sentencias llevado por este Tribunal.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado La Guaira, en Maiquetía, a los once (11) días del mes de mayo del año dos mil veintidós (2022). AÑOS. 212° de la Independencia y 163º de la Federación.
LA JUEZ,
CECILIA M. HERRERA H.
LA SECRETARIA,
MARY ANGIE MARIN
En la misma fecha siendo las nueve y diez de la mañana (09:10 a.m.), se publicó y registró la anterior sentencia.-
LA SECRETARIA,
MARY ANGIE MARIN
CH/MAM/ALPM.-
WP12-S-2022-000352
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