TRIBUNAL ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MICHELENA Y LOBATERA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA.
MICHELENA, CUATRO (04) DE NOVIEMBRE 2022.
PODER JUDICIAL.
212° y 163°
Visto el escrito de desistimiento de la solicitud Divorcio por Desafecto, presentado ante este juzgado el día trece (13) de octubre 2021 por el ciudadano CARLOS ALI PINEDA DELGADO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-8.109.901, debidamente asistido por la abogada KARLA BEATRIZ CHACON SANDREA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 258.296; el escrito corre inserto en los folios ocho (08) y nueve (09) del presente expediente asignado bajo nomenclatura Nº 2548-2022, desistiendo de la solicitud de DIVORCIO POR DESAFECTO, por cuanto el mismo no es contrario al orden público, ni a alguna disposición expresa de la Ley, ya que versa además sobre derechos disponibles; este Juzgado Ordinario Y Ejecutor De Medidas de los Municipios Michelena y Lobatera de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley HOMOLOGA de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, el escrito de desistimiento, y en consecuencia se ordena el archivo del presente expediente. Otorgándosele a ésta declarativa el carácter de fuerza ejecutiva. Y así se declara.
Cúmplase con el registro de la presente homologación.
LA JUEZ
Abg. ALICIA KATHERINE CARDENAS DE LOPEZ.
LA SECRETARIA.
Abg. YULIANA PORRAS RIVAS.
AKCQ/ydcpr.
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