REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS, DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LA GUAIRA
212º y 163º
ASUNTO: WP12-S-2022-000913
SOLICITANTE: ROSA MARIA BOTTARO FIGUEROA.
ABOGADA ASISTENTE: MAIRIM ARVELO DE MONROY, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 39.623.
MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.
Vista la solicitud formulada por la ciudadana, ROSA MARIA BOTTARO FIGUEROA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V-5.576.659, debidamente asistida de abogado, mediante la cual solicita se le declare, Única y Universal Heredera respecto al de-cujus SALVADOR BOTTARO LUPI, quien en vida fuera portador de la cédula de identidad Nro., V-699.860, fallecido en fecha treinta y uno (31) de Mayo de 2022, según consta en acta de defunción Nro., 540, folio 040, Tomo 3, la cual corre inserta en los libros que reposan en los archivos de la Unidad de Registro Civil, Parroquia Maiquetía, Municipio Vargas, estado La Guaira. Evacuadas las documentales y testimoniales promovidas, el Tribunal las aprecia en todo su valor probatorio, siendo en consecuencia procedente reconocer el derecho de la solicitante, por lo que nada obsta para que este Tribunal la declare como UNICA Y UNIVERSAL HEREDERA, a la ciudadana, ROSA MARIA BOTTARO FIGUEROA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro., V- V-5.576.659, respecto al de-cujus SALVADOR BOTTARO LUPI, quien en vida fuera portador de la cédula de identidad N° V-699.860, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros. Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el copiador de sentencias llevados por este Tribunal.
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado La Guaira, en Maiquetía a los veintiocho (28) días del mes de noviembre del año dos mil veintidós (2022). Años 212° de la Independencia y 163° de la Federacion.
LA JUEZ,
ABG.CECILIA M. HERRERA H.
LA SECRETARIA,
ABG. YELITZE SULVARAN BLANCO.
En esta misma fecha, siendo las once de la mañana (11:00 a.m.) se registro y publicó la anterior resolución.
LA SECRETARIA,
ABG. YELITZE SULVARAN BLANCO
Solicitud: WP12-S-2022-000913
CMHH/YSB/Dayana.
|