REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE
LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA
San Cristóbal, 5 de octubre del año 2022
212º y 163º
Asunto No. SP01-L-2022-000018
Visto el ofrecimiento efectuado en la oportunidad de celebración de la audiencia de juicio, por el abogado Germán Rolando Peñaranda Rodríguez, inscrito en el Instituto de Previsión del Abogado bajo el número 104.756, apoderado judicial de la sociedad mercantil Droguería Symca, C.A., parte demandada en la presente causa, por la cantidad de NUEVE MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMÉRICA ($ 9.000,00), pagaderos en tres cuotas, a saber: una primera cuota en ese mismo acto por la cantidad de cinco mil dólares de los Estados Unidos de Norteamérica ($ 5.000,00), una segunda cuota por la cantidad de dos mil dólares de los Estados Unidos de Norteamérica ($ 2.000,00), pagaderos el día 7 de noviembre de 2022, y una tercera cuota por la cantidad de dos mil dólares de los Estados Unidos de Norteamérica ($ 2.000,00), pagaderos el día 7 de diciembre de 2022; acuerdo este que fue aceptado por los abogados José Gregorio Hernández Ballén y Uriel Yvan Marín Becerra, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 52.827, y 63.399, respectivamente, co-apoderados judiciales de la ciudadana Daccy Soraya Pulido Moreno, titular de la cédula de identidad No. V-9.238.676, parte demandante en la presente causa, con la condición de que en caso de incumplimiento de cualquiera de las cuotas, la ejecución sea efectuada sobre el monto total de la demanda, es decir, sobre a cantidad de doce mil novecientos trece dólares de los Estados Unidos de Norteamérica con cincuenta y cuatro centavos ($12.913,54).
En consecuencia, por cuanto dicha conciliación no vulnera derechos irrenunciables de la trabajadora, ni normas de orden público, este Tribunal HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de cosa juzgada y ordena la remisión del expediente al Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, una vez transcurrido el lapso para apelar del contenido del presente auto de homologación.
El juez
Abg. Leandro David Rosal Villamizar
La Secretaria judicial
Abg. Yurky Maryoly García Contreras
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