REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS, DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LA GUAIRA
212º y 163º

ASUNTO: WP12-S-2022-000743
SOLICITANTE: CARMEN ELENA RADA DE GONZALEZ.
ABOGADO ASISTENTE: MANUEL RAFAEL LUNA ROJAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°156.859.
MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.

Vista la solicitud formulada por la ciudadana, CARMEN ELENA RADA DE GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V-5.571.424, debidamente asistida de abogado, mediante la cual solicita se le declare, como Única y Universal Heredera respecto a la de-cujus ELIANIS DEL CARMEN GONZALEZ RADA quien en vida fuera portadora de la cédula de identidad Nro., V-13.374.129, fallecida el veintidós (22) de Diciembre de 2020, según consta en el Acta de Defunción Nro., 2187, Folio 187, Tomo 9, la cual corre inserta en los libros que reposan en los archivos de la Unidad de Registro Civil, Parroquia Maiquetía, Municipio Vargas, estado La Guaira. Evacuadas las documentales y testimoniales promovidas, el Tribunal las aprecia en todo su valor probatorio, siendo en consecuencia procedente reconocer el derecho de la solicitante, por lo que nada obsta para que este Tribunal declare como UNICA Y UNIVERSAL HEREDERA a la ciudadana, CARMEN ELENA RADA DE GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nro., V-5.471.424, respecto a la de-cujus ELIANIS DEL CARMEN GONZALEZ RADA, quien en vida fuera portadora de la cédula de identidad Nro., V-13.374.129, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el copiador de sentencias llevados por este Tribunal. Asimismo, se acuerda la expedición de las copias certificadas solicitadas.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado La Guaira, en Maiquetía a los veintiocho(28) días del mes de octubre del año dos mil veintidós (2022).
LA JUEZ,

ABG.CECILIA M. HERRERA H.
LA SECRETARIA,
ABG. CRISTELA IRIGOYEN
En esta misma fecha, siendo las doce y cuarenta y cuatro de la tarde (12:44 p.m.) se registro y publicó la anterior resolución.
LA SECRETARIA,

ABG. CRISTELA IRIGOYEN

SOLICITUD Nro., WP12-S-2022-000743
CMHH/CI/Yelitze.